Subvenciones en materia de juventud.
Código de ayuda:
S40919/05Norma:
Anuncio de 25 de julio de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/08/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de las normas por las que han de regirse, con carácter general, las convocatorias para la concesión desubvenciones para la realización de actividades, programas o proyectos en materia de juventud en Molina de Segura.
Categorías Subvención
- Juventud
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Ayuntamiento de Molina de Segura (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar subvención, todas las asociaciones juveniles, secciones juveniles y asociaciones prestadoras de servicios a la juventud sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.Excepcionalmente podrán ser personas físicas o entidades sin personalidad jurídica siempre que se cumplan los requisitos que se determinen en la Ley General de Subvenciones y en la Ordenanza Municipal General de Concesión de Subvenciones.
Las asociaciones deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como de la seguridad social.
También habrán de estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
b) Tener implantación en Molina de Segura y estar en activo como mínimo el año anterior a la convocatoria.
c) Estar reconocidas y censadas conforme a la legislación vigente.
d) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Municipio de Molina de Segura.
Caso de no estar inscritas dispondrán de 10 días para realizar la pertinente solicitud de inscripción en el mencionado registro.
e) No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido condenados o sancionados, mediante sentencia firme a la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones.
f) No se concederán subvenciones a aquellos solicitantes que hayan sido beneficiarios de una subvención municipal concedida anteriormente mientras no sea justificada de acuerdo a las normas que se establecieron en las bases de la convocatoria.
g) Las asociaciones de nueva creación de Molina de Segura también podrán ser perceptoras de subvención.
h) Y en aquellos casos que se recogen en la Ley General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
25/07/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 169
Documento: Bases 2005 Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 169
Documento: Bases 2005 Descargar Documento