Subvenciones en materia de migraciones.

Código de ayuda:

S00264/04

Norma:

Orden de 26 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación del gasto en el ejercicio 2004 de los distintos programas
previstos en materia de emigración.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías que por estos programas se concedan lo serán a
fondo perdido, y no podrán superar el siguiente porcentaje del
coste total de cada programa, estando obligadas las entidades
beneficiarias a sufragar con otros recursos hasta llegar al 100%
del programa para el que se solicita la ayuda:
– Programa de mantenimiento: Hasta un 50% del coste total del
mismo.
– Programas de actividades, equipamiento y reparación: Hasta un
80% del coste total de la misma.
– Programa del PIEX: Hasta un 90% del coste total del mismo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades inscritas en el Registro de Asociaciones de la Emigración
Extremeña y las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que pretendan realizar actuaciones que revistan un especial interés en orden a la consecución de los fines previstos en la Ley de la Extremeñidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo de los siguientes programas:
a) Mantenimiento de estructura: financiar el déficit en gastos corrientes de las Federaciones de Asociaciones de Emigrantes, especialmente el generado por la realización de actuaciones dirigidas a mantener un contacto directo con la Región.

b) Actividades: financiar cuantas actuaciones se realicen en el marco de los derechos que la Ley de la Extremeñidad reconoce a sus destinatarios para el cumplimiento de los fines en ella previstos, en especial, las que tengan por objeto:
– El estrechamiento de los lazos sociales y culturales con Extremadura
mediante la organización de viajes colectivos a nuestra región.
– La difusión de la realidad histórica, artística, social, cultural y
económica de Extremadura, a través de la organización de cursos,
campañas, conferencias, exposiciones, muestras y demás actividades
similares.
– La participación de los jóvenes en los contenidos de la Ley de
la Extremeñidad.
– La difusión y comercialización de los productos y servicios
extremeños fuera de nuestra región a través de las entidades
asociativas de la emigración extremeña.

c) Equipamiento: la dotación de mobiliario, equipamiento informático y audiovisual, equipamiento de grupos folclóricos extremeños, que dichas entidades precisen para poder atender adecuadamente a sus cometidos y mantener una relación directa con la Región.

d) Reparaciones y mantenimiento de locales: Financiar reparaciones de los locales donde las Entidades inscritas en el Registro de Asociaciones de la Emigración Extremeña realicen su actividad. Se incluyen en este programa las obras de conservación, reparación o adaptación, siempre que no afecten a la estructura del edificio, o que por su simplicidad no precisen, para su ejecución, de proyecto o
condiciones técnicas particulares.

e) Prestación de un PIEX (Punto de Información de Extremadura):
Financiar aquellos gastos corrientes de la entidad relativos a la prestación de las funciones propias del servicio, y se materializará a través de un convenio con la Consejería de Bienestar Social. Las funciones de estos PIEX son fundamentalmente de carácter informativo, entre las que destacan las siguientes:
– Servir de fuente de información de Extremadura, no sólo para los emigrantes extremeños y aquellos a los que les sea de aplicación la Ley de la Extremeñidad, sino también para todos los residentes en la zona donde están ubicados y su ámbito de actuación.
– Servir de cauce de cuantas iniciativas y sugerencias puedan
plantear los emigrantes extremeños a las Instituciones Públicas
Extremeñas.
– Informar sobre las orientaciones económicas emanadas de la
Junta de Extremadura, así como de las ayudas regionales para la
creación de riqueza y fomento del empleo en la Comunidad.
– Facilitar información y asesoramiento sobre cuantas disposiciones
y resoluciones emanen de las Instituciones extremeñas.
– Ofrecer información sobre las posibilidades de retorno y condiciones
de estancia en Extremadura.
– Colaborar en la comercialización y producción de productos
extremeños fuera de la Comunidad Autónoma.
– Colaborar en la promoción turística de la Región.
– En general, todas aquellas actuaciones encaminadas a potenciar el acercamiento cultural de la Comunidad Extremeña con otras Comunidades.

f) A instancia de la Presidencia del Consejo de Comunidades
Extremeñas, podrán concederse subvenciones en especie, consistentes en diarios de Extremadura, libros, discos, vídeos, trofeos y cualquier otro tipo de material que sirva a la difusión y conocimiento
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos:

Los exigidos por la normativa autonómica en materia de emigración y desarrollar actividades relacionadas con los programas del Consejo de Comunidades Extremeñas.

Documentos asociados

Boletín: 03/01/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 1
Documento: Convocatoria Descargar Documento