Subvenciones en materia de politicas activas de empleo gestionadas por el Servicio de Empleo de las Illes Balears.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S39564/13Norma:
Orden de 10 de octubre de 2013.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras que tienen que regir las subvenciones en programas de políticas activas de empleo entendidas como el conjunto de acciones y medidas de orientación, fomento del empleo y formación dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta propia o ajena, de las personas desocupadas; el mantenimiento del empleo y la promoción profesional de las personas ocupadas, y el fomento del espíritu empresarial y de la economía social, que se convoquen desde el Servicio de Empleo de las Illes Balears.Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación, Universidad e Investigación (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Cualquier persona o entidad, física o jurídica, pública o privada que, además de realizar la actividad u objeto que fundamente el otorgamiento de la subvención, cumpla los requisitos que prevén estas bases, y los específicos que señalen las convocatorias correspondientes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a)Orientación profesional: acciones y medidas de información, acompañamiento, motivación y asesoramiento que, dadas las circunstancias personales y profesionales de la persona beneficiaria, le permitan determinar sus capacidades e intereses y gestionar su trayectoria individual de aprendizaje, la búsqueda de empleo o la puesta en práctica de iniciativas empresariales.b)Formación y recalificación: acciones y medidas de aprendizaje, formación, recalificación o reciclaje profesional incluidas en el subsistema de formación profesional para el empleo.
c)Oportunidades de empleo y fomento de la contratación: acciones y medidas que tengan por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los lugares..de trabajo, ya sea con carácter general o dirigidas a sectores o a colectivos específicos.
d)Oportunidades de empleo y formación: acciones y medidas que impliquen la realización de un trabajo efectivo en un entorno real y permitan adquirir formación o experiencia profesional dirigidas a la calificación o inserción laboral.
e)Fomento de la igualdad de oportunidades en el empleo: acciones y medidas que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, su permanencia y la promoción profesional, así como la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad de hombres y mujeres en la asunción de las responsabilidades familiares.
f)Oportunidades para colectivos con dificultades especiales: acciones y medidas de inserción laboral (orientación, formación, acompañamiento, etc.) de colectivos que, de forma estructural o coyuntural, presentan dificultades especiales para el acceso y la permanencia en el trabajo.
g)Autoempleo y creación de empresas: acciones y medidas dirigidas a fomentar las iniciativas empresariales mediante el trabajo autónomo y la economía social.
h)Promoción del desarrollo y la actividad económica territorial: acciones y medidas dirigidas a generar empleo, crear actividad empresarial y dinamizar e impulsar el desarrollo económico local.
i)Fomento de la movilidad geográfica y/o sectorial: acciones y medidas que faciliten el desplazamiento o cambio de residencia para acceder a un lugar de trabajo o la recalificación con el fin de promover la contratación en un sector de actividad diferente al que se ha
trabajado habitualmente, especialmente cuando. se trate de sectores emergentes o con alta ocupabilidad.
j)Acciones de intermediación laboral.
k)Proyectos integrados: acciones y medidas que combinen acciones diversas definidas en los supuestos anteriores.
l)Cualquier otra medida que desarrolle una política activa de empleo de acuerdo con la definición del apartado 1 de este artículo.
Requisitos:
No pueden ser beneficiarios de subvenciones las personas, entidades o agrupaciones en las cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones y en el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.Documentos asociados
Boletín:
24/10/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 146
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 146
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