Subvenciones en materia de prevención de residuos domésticos para el fomento de la economía circular, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Código de ayuda:
S33973/23Norma:
ORDEN AGM/1036/2023, de 31 de julio. ORDEN AGM/1509/2022, de 18 de octubre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de agosto de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar subvenciones destinadas a apoyar actuaciones de prevención de residuos domésticos. La finalidad de estas subvenciones es impulsar actuaciones de prevención en la generación de residuos y de economía circular que lleven a cabo las entidades aragonesas con competencias en gestión de residuos domésticos.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total máxima para esta convocatoria es de 150.000 euros, con cargo a las partidas presupuestarias 14040/G/4422/760178/14201 y 14040/G/4422/760178/91001 del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2023, cofinanciadas con fondos FEDER.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas por la presente Orden las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con el artículo 4 de la Orden AGM/1509/2022, de 18 de octubre.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Serán subvencionables los gastos que, de forma indubitada, respondan a la naturalezade la actividad subvencionada.
2. En las ayudas para obras se podrán incluir los gastos de honorarios técnicos de redacción de proyecto, dirección de obra, estudio y coordinación de seguridad y salud que estén directamente relacionados con la actuación subvencionada, y resulten indispensables para su adecuada preparación o ejecución.
En las obras ejecutadas por la administración no se aceptarán gastos de personal.
3. Serán subvencionables los impuestos, licencias, tasas o tributos, siempre que no sean recuperables por la entidad beneficiaria.
4. Los costes subvencionables estarán sujetos a las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020, aprobados por la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado”, número 315, de 30 de diciembre de 2016).
Documentos asociados
Boletín:
28/10/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 210
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
09/08/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: Convocatoria 2023 (completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2023 (completa) Descargar Documento
Boletín:
09/08/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento