Subvenciones en materia de prevención, reutilización y reciclaje de residuos a entidades sin ánimo de lucro 2019.
Código de ayuda:
S33346/19Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de junio de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta convocatoria es fomentar la implantación de proyectos de prevención, reutilización y reciclaje de residuos domésticos en la isla de Eivissa que incluyan actuaciones en los siguientes ámbitos:-Dependencias propias.
-Proyectos dirigidos a la ciudadanía.
Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a.- Ambientalización de compras (establecimiento de pautas de compra con criterios de prevención, reutilización y reciclaje /reciclabilidad).b.- Actuaciones para la prevención de la publicidad y prensa gratuita, y del papel que no constituye envase en general.
c.- Promoción de la reparación y reutilización de equipos y productos (mercados de segunda mano, pruebas piloto de pañales reutilizables, etc.).
d.- Actuaciones para el ahorro de envases (fomento de la reutilización de bolsas o de otros elementos, evitar el sobreembalaje, favorecer los sistemas de depósito, devolución y retorno, sustitución de productos de un solo uso para productos reutilizables, etc., y en general destinadas a realizar la transición hacia el cumplimiento de los objetivos de la Ley de Residuos Balear).
e.- Campañas de concienciación de prevención, de reutilización y/o de reciclaje generales o específicas (promoción del consumo inmaterial, promoción de buenas prácticas y uso responsable del papel, concienciación del derroche alimentario, etc.).
f.- Elaboración de materiales didácticos (vídeos, audiovisuales, etc.).
g.- Talleres para reciclar residuos y convertirlos en nuevos objetos útiles.
h.- Otras actuaciones relacionadas con el objeto de la convocatoria.
Requisitos:
a.- Estar al corriente de sus obligaciones económicas con el CIE.b.- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c.- El ámbito territorial de las actuaciones será la isla de Eivissa.
d.- Los requisitos específicos que se detallan en la base 2.3.
e.- No podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y del artículo 27 de la Ley 12 /2006, de 20 de septiembre, para la mujer.
f.- Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones previstas en el artículo 11 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
23/05/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
28/05/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 71
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 71
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
10/10/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 138
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 138
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