Subvenciones en materia de programas de envejecimiento activo y soledad no deseada, y programasde atención a personas mayores y el mundo rural.- Convocatorias 2022.

Código de ayuda:

S66682/22

Norma:

ORDEN 8/2022, de 11 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de diciembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es convocar y aprobar las bases reguladoras de las subvenciones incluidas en el anexo I y que están destinadas al desarrollo de programas cuya finalidad sea la promoción y el fomento de:

a) El envejecimiento activo y lucha contra la soledad no deseada.

b) La dinamización de personas mayores en el mundo rural.

En concreto, estas subvenciones van destinadas a financiar actuaciones dirigidas a:

– Promover, desarrollar e implementar programas para disminuir la brecha digital en personas mayores, favoreciendo su acceso a las TIC y a las redes sociales.

– Promover, desarrollar e implementar campañas de sensibilización contra la soledad no escogida.

– Fomento y convivencia de prácticas y experiencias intergeneracionales.

– Promocionar la participación de las personas mayores mediante programas que fomenten el envejecimiento activo desde la perspectiva de igualdad entre mujeres y hombres.

– Promover, desarrollar e implementar programas y proyectos de dinamización de las personas mayores en el mundo rural.

– Promover, desarrollar e implementar campañas de sensibilización contra todos los tipos de maltrato sobre las personas mayores y fomento del buen trato.

c) Diversidad en la ruralidad.

d) Mejora de la calidad de vida de las personas mayores en situación de soledad no escogida.

En concreto, estas dos últimas subvenciones enumeradas se destinan a proyectos de alcance autonómico.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Programa personas mayores mundo rural: los municipios de la Comunitat Valenciana cuya población, a 1 de enero del año en curso, sea inferior a 2.000 habitantes.

Resto de programas.- las entidades del tercer sector de acción social definidas en el art. 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre del tercer sector de acción social que reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener sede o delegación permanente en la Comunitat Valenciana.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Tener fines institucionales, recogidos en sus estatutos, relacionados con la finalidad de los programas objeto de la subvención.

d) Estar legalmente constituidas con al menos dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.

En cualquier caso, deberán estar debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes establecido en la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos subvencionables serán:

a) Gastos de personal, incluyendo las retribuciones salariales del personal que interviene en los programas, incluidos los gastos de Seguridad Social y los gastos derivados del personal que realice una
prestación de servicios profesionales en el centro, sea o no continuada, aun cuando no cubra todo el periodo subvencionado. La contratación de personal por parte de las entidades subvencionadas en ningún caso supondrá relación jurídica alguna con la Generalitat.

b) Gastos generales de funcionamiento, incluyendo los gastos corrientes, considerados como aquellos que reúnan alguna de las siguientes características: ser fungibles, tener una duración previsible inferior al ejercicio económico, no ser susceptibles de incluir en inventario o ser gastos previsiblemente reiterativos. También los gastos de mantenimiento estrictamente necesarios para la consecución del fin y
objeto de la subvención, como alquiler, luz, agua, teléfono, limpieza y análogos y otros gastos inherentes a la ejecución de los programas.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9473
Documento: Bases Reguladoras y Convocatorias 2022 Descargar Documento
Boletín: 18/11/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9473
Documento: Convocatoria 2022 - Programa personas mayores mundo rural (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2022 - Programa diversidad ruralidad (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 18/11/2022
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Documento: Convocatoria 2022 - Programa soledad no escogida (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 18/11/2022
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Documento: Convocatoria 2022 - Programa promoción envejecimiento activo (Extracto) Descargar Documento