Subvenciones en materia de rehabilitacion y restauracion de Fachadas del municipio de Alaior para el año 2015.
Código de ayuda:
S12837/15Norma:
Alaior, 12 de marzo de 2015.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 30 de abril de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas económicas para fomentar la promoción de obras de rehabilitación y restauración de fachadas de los inmuebles del municipio de Alaior, con especial atención a los edificios incluidos en el ámbito de mantenimiento preceptivo de invariantes tipológicas (centro histórico) según el PGOU durante el año 2015.Categorías Subvención
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Alaior (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de actuación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Comunidades de bienes / propietarios
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los propietarios o propietarias del inmueble, ya sean persona física o jurídica.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones de rehabilitación y restauración de fachadas realizadas en inmuebles ubicados en el municipio de Alaior.1. Ayudas económicas directas
1.1. Gozarán de una subvención por un importe de hasta un 30 % del coste de las obras aquellas actuaciones destinadas a la rehabilitación de fachadas de edificios incluidos en el ámbito de mantenimiento preceptivo de invariantes tipológicas (centro histórico) según el PGOU.
Las obras que podrán acogerse a este tipo de ayuda podrán ser:
a) Restauración de las partes de obra en mal estado (rebozados, desconchados, saneamiento de grietas, etc.)
b) Decapado y/o pintado de la totalidad de la fachada.
c) Restauración de elementos escultóricos y ornamentales de fachada que puedan considerarse de interés.
d) Reconstrucción o restitución de elementos deteriorados o desaparecidos.
e) Limpieza y tratamiento de los paramentos pétreos o cerámicos.
f) Limpieza de los esgrafiados.
g) Limpieza y restauración de los elementos de cierre (puertas, ventanas...).
h) Limpieza y restauración de los elementos de cerrajería (barandillas, rejas...).
i) Eliminación de aparatos acondicionadores de aire, antenas o cualquier otro elemento de este tipo situado en la fachada.
j) Sustitución de bajantes y canales de recogida de aguas.
El importe de la subvención no superará en ningún caso los siguientes límites:
- Los 20,00 €/m² en caso de que el acabado de la fachada sea un estucado de cal.
- Los 10,00 €/m² en caso de que sea un estucado tipo monocapa.
- Los 6,00 €/m² si se trata de pintura.
Asimismo, se incluyen en este grupo las actuaciones referidas a medianeras que deban ser tratadas como fachadas y las actuaciones que deban permitir la adecuación o supresión de partes o elementos impropios de las fachadas.
1.2. Gozarán de una subvención por un importe de hasta un 10% del coste de las obras aquellas actuaciones destinadas a la rehabilitación de fachadas de edificios no incluidos en el punto anterior.
El importe de la subvención no superará en ningún caso los siguientes límites:
- Los 10,00 €/m² en caso de que el acabado de la fachada sea un estucado de cal.
- Los 6,00 €/m² en caso de que sea un estucado tipo monocapa.
- Los 3,00 €/m² si se trata de pintura.
También se incluyen en este grupo las actuaciones referidas a medianeras que deban ser tratadas como fachadas y las actuaciones que deban permitir la adecuación o supresión de partes o elementos impropios de las fachadas.
2. Bonificaciones
Las obras de rehabilitación que regulan las presentes bases son consideradas de especial interés o utilidad municipal de acuerdo con lo establecido en el art. 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Dichas obras disfrutarán de una bonificación por el importe equivalente al 30 % del impuesto de construcciones.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas que se encuentren en situación prevista en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
20/03/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 39
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 39
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento