Subvenciones en materia de servicios sociales para el año 2011

Código de ayuda:

S02273/11

Norma:

Resolución de 21 de diciembre de 2010. Orden 1/2008, de 10 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones correspondientes al ejercicio 2011, en régimen de concurrencia competitiva, en favor de corporaciones locales, fundaciones, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, así como de departamentos o servicios sociales de centrales sindicales (exclusivamente para gastos
corrientes).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Servicios Sociales (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

b) Las asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro que tengan su sede social en esta Comunidad Autónoma de La Rioja o cuenten con delegación en ella, o desarrollen programas o actividades en la misma y afecte a sus residentes.

c) Las centrales sindicales, cuando así se disponga en cada convocatoria, y los programas o actuaciones afecten a residentes en esta Comunidad Autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán subvencionar las actividades que tengan por objeto fomentar la política de acción social y servicios sociales, y estén dirigidas a cualquiera de los colectivos siguientes:

a) Familia

b) Infancia

c) Personas Mayores

d) Personas con Discapacidad

e) Mujer.

f) Minorías Étnicas e Inmigración

g) Colectivos con dificultades de integración social.

Ver Anexo I de la convocatoria para el desglose de actuaciones subvencionables.

Requisitos:

Quedarán excluidos de las convocatorias:

a) Cualquiera de las entidades a que se refiere el apartado anterior que, en el momento de efectuarse la convocatoria anual, tenga pendiente de devolución cantidades indebidamente percibidas, procedentes de subvenciones anteriores. Se entenderá que existen cantidades pendientes de devolución desde el momento en que adquiera firmeza la resolución de reintegro.

b) Las asociaciones, fundaciones o instituciones que no figuren inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Servicios Sociales, o cuya inscripción no esté actualizada. Esta exclusión no será de aplicación a los beneficiarios a que se refiere el artículo 2.1 c) de esta Orden. A estos efectos, las entidades que hubiesen solicitado la inscripción en el mencionado Registro con anterioridad a la publicación de la Resolución de convocatoria, podrán acogerse a la misma, si bien la concesión, en su caso, quedará condicionada a la inscripción registral.

c) Las asociaciones, fundaciones o instituciones que tengan suscritos convenios de colaboración con el Gobierno de La Rioja en materia de servicios sociales, salvo que la convocatoria expresamente lo contemple.

d) Las entidades locales que no tengan establecidos servicios sociales de base o comunitarios en su ámbito territorial respectivo, así como aquellas que tengan suscritos convenios de colaboración con el Gobierno de La Rioja para financiar programas e inversiones en materia de servicios sociales, salvo que la convocatoria
expresamente lo contemple.

Documentos asociados

Boletín: 12/01/2008
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 06
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/01/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 5
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento