Subvenciones en materia de transformacion y comercializacion de productos de la pesca, para el año 2014.
Código de ayuda:
S05355/14Norma:
ORDEN de 12 de febrero de 2014. Decreto 136/2013 de 30 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 22/03/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las subvenciones destinadas a la transformación y comercialización de los productos de la pesca, para el año 2014, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente y en la Orden de 2 de noviembre de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de transformación y comercialización de los productos de la pesca para el periodo 2007-2013 financiadas por el Fondo Europeo de la Pesca (en lo sucesivo, la orden de bases reguladoras).Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Comercio
Localización del organismo gestor
Aragón
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
De acuerdo con el artículo 5.2 y el anexo II del Reglamento (CE) número 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, la cuantía máxima de la ayuda en forma de subvención de capital con cargo a los presupuestos del FEP, más las aportaciones de la Administración General del Estado y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, no podrá exceder del 40% del importe de las inversiones subvencionables.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Fundaciones
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que sean responsables finales de las inversiones y gastos que se consideren auxiliables en empresas del sector pesquero, cuya inversión se realice dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y que acrediten la viabilidad económica de la empresa y el cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y salud pública y cumplan el resto de requisitos establecidos en el citado precepto.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Conforme a lo previsto en el artículo 3 de la orden de bases reguladoras, podrán ser objeto de subvención las inversiones destinadas a ayudar a la construcción, ampliación, equipamiento y modernización de empresas que se realicen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuya viabilidad económica quede debidamente demostrada.Documentos asociados
Boletín:
08/08/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 156
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 156
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
17/02/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 33
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 33
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento