Subvenciones en materia de transporte y urbanismo.
Código de ayuda:
S02428/03Norma:
Orden de 22 agosto de 2003.Plazo de Solicitud:
Según la correspondiente convocatoria pública (ver artículo 3).Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomento la realización de una actividad de utilidad pública o de interés social, o la consecución de una finalidad pública.Categorías Subvención
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Transporte
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transporte (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En cada convocatoria se establecerán las reglas para determinar el importe de la subvención, atendiendo a las características de la misma, a la realización, completa o parcial, de la actividad de utilidad pública o de interés social o a la consecución de una finalidad pública; debiendo sujetarse dichas reglas a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que realice la actividad u objeto que fundamente el otorgamiento de la subvención.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Por inversiones de activos fijos encaminadas a mejorar el transporte, en general, que supongan mejorar la seguridad, la accesibilidad de personas con movilidad reducida, la reducción de consumo o emisión de gases, la descongestión del tráfico, y las que supongan una mayor calidad, de manera directa o indirecta, del servicio del transporte por la ciudadanía y por los usuarios.- Rehabilitación del patrimonio Arquitectónico.
- Planeamiento urbanístico de las entidades locales.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
04/09/2003
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 124
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 124
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