Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, destinadas a la modernización de mercados municipales de abastos y a la adecuación de infraestructuras comerciales municipales.

Código de ayuda:

S39991/20

Norma:

Orden de 14 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de agosto de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones para el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, a Corporaciones Locales de la Región de Murcia, destinadas a financiar la modernización de mercados municipales de abastos y la adecuación de infraestructuras comerciales municipales.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Empresa e Innovación (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a conceder por Actuación Subvencionable y Corporación Local solicitante será de 20.000,00 euros. Dicho importe englobará el importe de la inversión y su IVA correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, los posibles remanentes podrán ser aplicados, de forma proporcional al esfuerzo inversor, a los proyectos propuestos por la Comisión de Evaluación como subvencionables según su orden de prelación de mayor a menor puntuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Corporaciones Locales de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones subvencionables se estructura en tres líneas de actuación para el equipamiento comercial colectivo de titularidad municipal y entornos urbanos:

a) Línea 1: Rehabilitación y modernización de los edificios e instalaciones de los mercados municipales.

b) Línea 2: Mejora de los mercados semanales de venta ambulante o no sedentaria que se celebran en suelo público.

c) Línea 3: Reactivación de los centros comerciales abiertos o urbanos.

2. Serán subvencionables, en función de las líneas de actuación anteriores:

a) Línea 1. La mejora en la dotación de las instalaciones generales de los mercados de abastos, así como las condiciones de accesibilidad a los mismos de personas con movilidad reducida.

b) Línea 2. La creación y adecuación de recintos apropiados para la celebración de la actividad comercial de venta ambulante o no sedentaria en suelo público, siendo dotados de las necesarias infraestructuras básicas en cuanto a energía eléctrica, agua, aparcamiento, limpieza y tratamiento de residuos.

c) Línea 3. La reactivación de los centros comerciales urbanos mejorando los espacios y las infraestructuras municipales que hagan del mismo un lugar atractivo para el ejercicio de la venta, tales como peatonalización de calles y plazas de gran afluencia comercial, señalización e identificación comercial, remodelación urbana, mejora del alumbrado, así como otros que incidan en estos aspectos.

Documentos asociados

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