Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a festivales de música y se convocan para el año 2025.

Código de ayuda:

S27655/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de enero de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases, que se incluyen como anexo I, por las que se regirá la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a festivales de música de carácter profesional celebrados en Galicia que tengan un interés estratégico para el sector, y aprobar su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento CT302F)

Estas ayudas deberán cumplir las condiciones de exención y los límites del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE 15.12.2023, serie L), en virtud del cual las subvenciones a conceder quedan exentas de la obligación de notificación previa y de comunicación a la Comisión Europea.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas (autónomas) o jurídicas privadas y sus agrupaciones domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, siempre que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia y su objeto social les permita organizar actividades escénico-musicales.

También podrán obtener la condición de personas beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones en cuyo objeto social se recoja la capacidad para desarrollar el objeto de esta ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Son gastos subvencionables los que, de manera indudable, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto objeto de subvención.

2. Solo se admitirán aquellos gastos que fueran realizados y pagados dentro del período de ejecución indicado en la resolución de la concesión de la ayuda, respetando siempre el período subvencionable indicado en esta convocatoria, que abarca desde el 1 de noviembre de 2024 al 31 de octubre de 2025.

3. A efectos de esta convocatoria, son gastos subvencionables únicamente los gastos de contratación artística. Tendrán la consideración de gastos de contratación artística los cachés de los solistas/grupos o bandas que conforman la programación del festival cuya actividad se desarrolle de forma habitual en Galicia.

Requisitos:

a) Debe celebrarse entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025.

b) Tener una antigüedad de, por lo menos, dos ediciones, excluida la edición que se presenta a esta convocatoria.

c) Tener una duración mínima de dos días. El festival tiene que desarrollarse dentro de un único período de quince días, y dos de los días, como mínimo, deben ser consecutivos.

d) El importe mínimo del proyecto será de 38.000 euros (IVA incluido).

e) Debe tener un presupuesto mínimo de contratación artística del 30 % del coste del proyecto.

f) Un mínimo del 80 % de los conciertos programados tiene que ser con entradas de pago.

g) La programación deberá estar conformada por un mínimo de cinco grupos.

Documentos asociados

Boletín: 19/12/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 244
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025. Descargar Documento
Boletín: 19/12/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 244
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento