Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas de carácter sociosanitario.- Convocatoria 2018.
Código de ayuda:
S25464/18Norma:
ORDEN de 2 de mayo de 2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de junio de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de carácter sociosanitario. Dichos programas están destinados a la realización de actividades en el proceso de atención y rehabilitación de personas con especiales necesidades de atención sociosanitaria asociadas al alcoholismo, alcoholismo y otras adicciones sin sustancia, ludopatía, daño cerebral adquirido, enfermedades raras, trastorno del espectro autista, trastornos de la conducta alimentaria, parálisis cerebral y enfermedad de párkinson.Su finalidad es aumentar la autonomía, paliar las posibles limitaciones y favorecer la rehabilitación e integración de las personas que componen dichos colectivos.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/11.png)
Convoca:
Consellería de Sanidad (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Para ser beneficiarias de las ayudas publicadas en esta orden las entidades deberán cumplir los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea A. Orientada a desarrollar programas de carácter sociosanitario destinados a la realización de actividades en el proceso de atención y rehabilitación de personas con especiales necesidades de atención sociosanitaria asociadas a la ludopatía, al alcoholismo y/o al alcoholismo y otras adicciones sin sustancia:a) Ludopatía:
Programas sociosanitarios de rehabilitación en personas afectadas por ludopatía.
b) Alcoholismo y/o alcoholismo y otras adicciones sin sustancia:
1º. Programas sociosanitarios de apoyo a la abstinencia en personas no sometidas a tratamiento ambulatorio.
2º. Programas sociosanitarios de prevención de recaídas dirigidos a pacientes que se encuentren en tratamiento ambulatorio.
Línea B. Orientada a desarrollar programas de carácter sociosanitario destinados a la realización de actividades en el proceso de atención y rehabilitación de personas afectadas por daño cerebral adquirido, enfermedades raras, trastorno del espectro autista, trastornos de la conducta alimentaria, parálisis cerebral y enfermedad de párkinson:
1º. Programas de rehabilitación fisioterápica.
2º. Programas de rehabilitación logopédica.
3º. Programas de rehabilitación cognitiva.
4º. Programas de terapia ocupacional.
5º. Programas de apoyo psicológico.
Requisitos:
a) Ser una entidad privada sin ánimo de lucro cuyo fin estatutario principal sea la realización de actividades de apoyo y ayuda al colectivo al que se dirigen los programas de atención sociosanitaria para los que se solicita subvención: alcohol, alcohol y otras adicciones sin sustancia, ludopatía, daño cerebral adquirido, enfermedades raras, trastorno del espectro autista, trastornos de la conducta alimentaria, parálisis cerebral y enfermedad de párkinson.A estos efectos, se considerará enfermedad rara aquella que tiene una prevalencia menor de 5 casos por cada 10.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Estar legalmente constituida, al menos con dos años de anterioridad con respecto a la fecha de publicación de esta convocatoria, con la excepción de las federaciones recién constituidas que estén integradas mayoritariamente por asociaciones con una antigüedad superior a los dos años. Asimismo, deberá estar inscrita en el registro administrativo correspondiente.
c) Disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia, entendiéndose como tal la presencia física y el domicilio social en ella, y comprometerse, asimismo, a desarrollar las actividades subvencionadas dentro de su territorio.
d) Tener un horario mínimo de atención al público de 20 horas semanales, destinadas a dar información y prestar ayuda de una manera prioritaria a los colectivos afectados.
e) Disponer de estructura técnica y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en el programa presentado, así como experiencia operativa en su implementación.
Documentos asociados
Boletín:
22/05/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 96
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 96
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
22/05/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 96
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 96
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento