Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el cálculo de la huella de carbono y la elaboración de proyectos de absorción de dióxido de carbono para su inscripción en el registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero.
Código de ayuda:
S08991/25Norma:
Resolución de 27 de marzo de 2025. Resolución de 16 de agosto de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 13 de mayo de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar parcialmente el proceso de cálculo de la huella de carbono y de elaboración de planes de reducción de emisiones de GEI y de proyectos de absorción de CO2 para su posterior inscripción en el registro de huella de carbono del Principado de Asturias, en los términos del Decreto 40/2021, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias.Serán objeto de subvención las actuaciones relacionadas con la inscripción en la sección A y en la sección B del registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias incluidas en el primer apartado de la base reguladora tercera.
Cada posible beneficiario sólo podrá solicitar subvención para una única actuación.
Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Para empresas que se inscriban en la Sección A hasta un máximo de 5.000 €, distribuidos de la siguiente manera:a. El 80 % de los gastos correspondientes al cálculo de la huella de carbono, elaboración del informe de huella de carbono y la redacción de un plan de reducción de huella de carbono, siempre que la cuantía resultante no exceda de 3.000 €.
b. El 80 % de los gastos correspondientes a la verificación de la información de la huella de carbono objeto de inscripción, siempre que la cuantía resultante no exceda de 2.000 €.
2. Para empresas que se inscriban en la Sección B hasta un máximo de 4.000 €, distribuidos de la siguiente manera:
a. El 80% de los gastos correspondientes a la elaboración de un proyecto de absorción de CO2, siempre que la cuantía resultante no exceda de 1.600 €.
b. El 80% de los gastos correspondientes a la elaboración de un instrumento de gestión forestal, siempre que la cuantía resultante no exceda de 1.600 €.
c. El 80% de los gastos correspondientes a la certificación forestal sostenible, siempre que la cuantía resultante no exceda de 800 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que desarrollen una actividad económica, así como las personas jurídicas de derecho privado, todas ellas con personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar, que tengan alguno de sus centros de actividad radicados en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y materialicen el proyecto objeto de ayuda en el ámbito territorial de la misma, en quienes no concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Quedan excluidas las organizaciones sin ánimo de lucro.
Documentos asociados
Boletín:
30/08/2022
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
10/04/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 70
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
10/04/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 70
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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