Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva destinadas a la realizacion de actividades juveniles durante el 2014.

Código de ayuda:

S39846/14

Norma:

Pamplona, 22 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar actividades puntuales en materia de Juventud a realizar durante todo el año 2014 y desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a conceder a cada entidad o asociación no podrá superar el 100% del presupuesto aceptado del conjunto de actividades presentadas por cada entidad o asociación, con un límite de 8.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las que concurran las circunstancias previstas a continuación, siempre que no estén incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención este último requisito se exceptúe y así se indique en este apartado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades objeto de ayuda económica por el Ayuntamiento de Pamplona serán actividades puntuales incluidas entre las siguientes:

a) Actividades formativas de interés para la juventud.

b) Actividades de ocio y recreativas.

c) Actividades de sensibilización.

d) Actividades de movilidad juvenil.

e) Actividades de voluntariado juvenil.

Requisitos:

1.–Ser asociaciones juveniles inscritas en el Censo de Entidades de Juventud del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

2.–Ser entidades que colaboren con jóvenes y que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente, en el momento de presentación de la solicitud, siempre y cuando dicha inscripción fuera exigible conforme a la normativa vigente.

3.–Carecer de fines de lucro ni depender económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas. Quedarán expresamente excluidas las entidades con ánimo de lucro.

4.–Las asociaciones o entidades objeto de subvención deberán tener el domicilio social o sede, y domicilio fiscal en el término municipal de Pamplona.

5.–Incluir al menos un 25% del total de participantes empadronados en Pamplona.

Documentos asociados

Boletín: 04/08/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 151
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/08/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 165
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento