Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva en materia de comercio.- Corrección.
Código de ayuda:
S15782/11Norma:
ORDEN de 9 de marzo de 2011.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover las relaciones de cooperación del sector comercial andaluz así como impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Comercio
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Porcentaje máximo de la subvención: Hasta un 50% del total del presupuesto aceptadoBeneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones Empresariales de Comerciantes Minoristas, sin ánimo de lucro, domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones que a continuación se relacionan, pudiéndose considerar como presupuesto aceptado máximo, los importes indicados para cada una de ellas, delimitados, en su caso, en función del ámbito de la federación, confederación o asociación:1. Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes de ámbito regional y local o zonal:
La creación de redes de comunicación interna (intranet) que posibiliten la interconexión en red de las asociaciones, federaciones y confederaciones entre sí o con sus asociados, así como con otros organismos o centros de gestión directamente relacionados con el sector de la distribución comercial y proyectos de comercio electrónico:
- Ámbito regional: límite máximo de 50.000 euros.
- Ámbito local o zonal: límite máximo de 30.000 euros.
2. Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes de ámbito regional, provincial y local o zonal: Programas de sensibilización entre sus asociados dirigidos a conseguir el mayor número de pymes comerciales adheridas a la Plataforma Digital de Servicios Integrales al Comercio:
- Ámbito regional: límite máximo de 60.000 euros.
- Ámbito provincial: límite máximo de 55.000 euros.
- Ámbito local o zonal: límite máximo de 50.000 euros.
3. Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes de ámbito regional y provincial:
Campañas de publicidad o promoción realizadas como resultado de la cocperación empresarial, destinadas a incentivar el consumo en las pymes comerciales.
- Ámbito regional: límite máximo de 60.000 euros.
- Ámbito provincial: límite máximo de 35.000 euros.
4. Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes de ámbito regional:
a) Proyectos interprovinciales impulsados por las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de carácter regional, que promuevan la coordinación de actuaciones dirigidas al asesoramiento y apoyo prestado por las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de carácter provincial a sus asociados,
con el límite máximo de 480.000 euros.
b) Proyectos de coordinación de los Centros Comerciales Abiertos y los ayuntamientos en el ámbito regional de la Comunidad Autónoma de Andalucía, relativos entre otros a señalética integrada, aparcamientos, funcionalidad comercial (zonas peatonales, carga y descarga etc.) y normalización de mobiliario urbano, con el límite máximo de 60.000 euros.
5. Asociaciones, Federaciones y confederaciones de comerciantes de ámbito local o zonal:
a) Actuaciones de cooperación empresarial consistentes en la promoción de ventas, publicidad, animación comercial y escaparatismo, con especial atención a centros comerciales abiertos y ejes comerciales, con el límite máximo de 50.000 euros.
b) Incorporación y mejora de equipos y programas informáticos de uso colectivo gestionados por las asociaciones de comerciantes, destinados a difundir la imagen de los centros comerciales abiertos e impulsar el comercio electrónico (se excluyen los ordenadores portátiles y las cámaras digitales), con
el límite máximo de 15.000 euros.
c) Actuaciones de cooperación empresarial consistentes en que la gestión de los mercados de abastos que posean unas características estructurales adecuadas, y previa la correspondiente concesión administrativa, se realice por los propios comerciantes. Esta gestión deberá estar orientada a la transformación del mismo en formatos comerciales más adecuados al entorno y necesidades actuales, respondiendo a un plan integral que implique un cambio de su concepto, funcionalidad y utilidad, mostrando una optimización integral de su imagen, oferta, servicios y modos de gestión y que contenga aspectos tales como horario comercial, equipamiento necesario para su desarrollo, figura del gerente, reparto a domicilio, consignas, fidelización de clientes y señalización, con el límite máximo de 50.000 euros.
d) Creación y puesta en funcionamiento de oficinas comerciales permanentes de asesoramiento en Centros Comerciales Abiertos reconocidos como tal por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, siempre que dichas oficinas estén ligadas a un proyecto integral de dinamización y modernización de la zona comercial de influencia del centro comercial abierto, y acrediten en el proyecto ofrecer un programa de servicios a sus asociados. Se incluyen los gastos derivados de la difusión y promoción de su puesta en marcha, así como los gastos derivados de la contratación del personal específico de la oficina, con el límite máximo de 40.000 euros.
e) Gastos derivados de la Gerencia profesionalizada de Centros Comerciales Abiertos que venga demandado por la puesta en marcha de un proyecto de dinamización comercial, cuando dicho proyecto se encuentre integrado por un mínimo de 50 Pymes comerciales debidamente inscritas en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía, consistente en la transformación en Centro Comercial Abierto de un área o eje comercial de actuación tradicional ubicado en un área urbana consolidada, con el límite máximo de 30.000 euros.
En el supuesto de que la persona, cuyo coste se subvenciona mediante la actuación de contratación y mantenimiento de Gerentes de Centros Comerciales Abiertos, produzca baja, la entidad beneficiaria deberá suplirla en el plazo de un mes con un contrato de las mismas características, previa comunicación al órgano que haya resuelto la concesión.
f) Proyectos de promoción que tengan por objeto la utilización de los Centros Comerciales Abiertos y sus áreas de influencia para mejorar el atractivo turístico de la ciudad con la comercialización de productos autóctonos, con el límite máximo de 20.000 euros.
g) Proyectos de incorporación e implantación del diseño destinados a la mejora de la imagen y la señalización comercial, tanto interna como externa, en los establecimientos integrantes de un Centro Comercial Abierto, con el límite máximo de 50.000 euros.
h) La instalación de redes de transmisión de datos, como tecnología WiFi, para uso de los comerciantes que integran el Centro Comercial Abierto, con el límite máximo de 18.000 euros.
i) Actuaciones de cooperación empresarial para la adquisición e instalación de sistemas de entoldado y microclima, con el límite máximo de 40.000 euros.
j) Actuaciones de cooperación empresarial consistentes en proyectos globales de implantación de sistemas de seguridad en su área de influencia, con el límite máximo de 20.000 euros.
Requisitos:
- Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones deberán figurar inscritas en el Registro de asociaciones o de organizaciones empresariales correspondiente.- Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones deberán tener carácter multisectorial, excluyéndose por tanto las de carácter unisectorial. Se entenderán que tienen carácter multisectorial, cuando estén integradas por asociados de diversos o múltiples sectores de la actividad comercial minorista según la clasificación para el sector comercio del CNAE.
Documentos asociados
Boletín:
23/03/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 58
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 58
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
06/04/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 68
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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