Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de utilidad pública o interés social.
Código de ayuda:
S32273/13Norma:
Sant Iscle de Vallalta, 31 de juliol de 2013. Sant Iscle de Vallalta, 17 de juliol de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/10/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión,cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento a las entidades sin ánimo de lucro que presenten su actividad en Sant Iscle de Vallalta.
Categorías Subvención
- Textil - Confección
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Ayuntamiento de Sant Iscle de Vallalta (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe y porcentaje de las subvenciones que se otorguen no excederá, en cualquier caso, del 50% del coste total de los proyectos / actividades subvencionadas, y como límite, tendrán la consignación presupuestaria anteriormente fijada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
- Las personas físicas o jurídicas de derecho público que hayan de realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento.- Las entidades legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Sant Iscle de Vallalta que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento.
- Excepcionalmente las agrupaciones de personas físicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque les falte personalidad jurídica, puedan desarrollar los proyectos, actividades o comportamientos subvencionables.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Promoción de la cultura, deporte, educación, asistencia social, atenciones benéficas, entre otros, en el ámbito territorial del Municipio.b) Asistencia y cooperación con otros entes locales de la provincia o con otros entes diferenciados con personalidad propia.
c) Financiación de obras o actuaciones, dentro de la Provincia, que sean competencia del Ayuntamiento, respondan a necesidades sociales o fomenten los intereses generales de la Provincia.
d) Por razones de solidaridad, ayudas a países o zonas deprimidas o para remediar calamidades públicas, aunque sea fuera del territorio de la Provincia y del Estado Español.
Requisitos:
Podrán ser beneficiarios siempre no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).Documentos asociados
Boletín:
30/07/2013
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín:
16/08/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6440
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DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6440
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