Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones de dinamización territorial en las comarcas de montaña, Convocatoria 2008.
Código de ayuda:
S40191/08Norma:
ORDEN PTO/247/2008, de 21 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/06/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Hacer pública la convocatoria para el año 2008 para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actuaciones de dinamización territorial en las comarcas de montaña que figuran en el anexo 2 de esta Orden.Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones, que constan en el anexo 1 de esta Orden.
Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Desarrollo Rural
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las actuaciones que se pueden subvencionar en cada comarca es el siguiente (en euros):Comarca Euros
- L’Alta Ribagorça: 358.000,00
- L’Alt Urgell: 695.000,00
- El Berguedà: 595.000,00
- La Cerdanya: 424.000,00
- La Garrotxa: 465.000,00
- El Pallars Jussà: 637.000,00
- El Pallars Sobirà: 662.000,00
- El Ripollès: 530.000,00
- El Solsonès: 523.000,00
- Era Val d’Aran: 431.000,00
Total: 5.320.000,00 €.
Las actuaciones presentadas se ordenarán por puntos de acuerdo con los criterios establecidos en la base 5., y se otorgarán las ayudas hasta la cantidad máxima por comarca establecida en la base 5.2.
Un mínimo del 20% de la cuantía total de las ayudas se destinará a actuaciones promovidas por los consejos comarcales.
La subvención máxima por actuación no podrá superar el 80% de su coste total.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Pueden solicitar estas subvenciones los consejos comarcales de las comarcas de montaña mencionadas en la base 1., los municipios y las entidades municipales descentralizadas incluidos en alguna de estas comarcas, así como las mancomunidades de municipios y los consorcios de los que formen parte estosmunicipios y comarcas. En ningún supuesto se puede subvencionar más de una entidad por una misma actuación.
Los beneficiarios no pueden incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de actuaciones destinadas a la dinamización territorial en las comarcas de montaña que figuran en el anexo 2.Estas actuaciones han de tener el objetivo de impulsar la promoción del desarrollo económico local y la mejora de la calidad de vida de la población rural y pueden comprender las intervenciones siguientes:
a) Acondicionamiento de equipamientos ligados a la economía productiva.
b) Acondicionamiento de los equipamientos de apoyo al sector turístico.
c) Acondicionamiento de equipamientos de carácter social.
d) Mejora integral de núcleos y adecuación de sus entornos.
e) Ordenación y valorización del medio natural y del paisaje.
f) Consolidación de infraestructuras de electrificación rural y de abastecimiento de agua.
No pueden ser objeto de financiación las actuaciones destinadas al arreglo y/o pavimentación de la red vecinal y rural de caminos.
En cuanto a las actuaciones de abastecimiento de agua, sólo se podrán financiar aquéllas que tengan como objetivo dar servicio a núcleos habitados consolidados.
No se podrán subvencionar actuaciones que tengan un presupuesto total superior a 500.000 euros.
Documentos asociados
Boletín:
29/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5141
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5141
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento