Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones sobre la red vecinal y rural de caminos en las comarcas de montaña, Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S40219/08

Norma:

ORDEN PTO/248/2008, de 21 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Hacer pública la convocatoria del año 2008 para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los consejos comarcales para la realización de actuaciones sobre la red vecinal y rural de caminos cuyos titulares sean municipios incluidos dentro de alguna de las comarcas de montaña que figuran en el anexo 2 de la presente Orden.

Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones, que constan en el anexo 1 de la presente Orden.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las actuaciones que se pueden subvencionar en cada comarca es el siguiente:

Comarca Euros
- Alta Ribagorça: 298.000,00
- Alt Urgell: 600.000,00
- Berguedà: 439.000,00
- Cerdanya: 356.000,00
- Garrotxa: 393.000,00
- Pallars Jussà: 531.000,00
- Pallars Sobirà:459.000,00
- Ripollès: 379.000,00

Total: 3.455.000,00

Las actuaciones presentadas se ordenarán por puntos de acuerdo con los criterios establecidos en la bases 5., y se otorgarán las ayudas hasta la cantidad máxima por comarca establecida en la base 5.2.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar estas subvenciones los consejos comarcales de las comarcas a las que pertenecen los municipios titulares de la red vecina o rural de caminos para los que se solicita la subvención.

Los beneficiarios no pueden incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Las actuaciones deben ser contratadas por el consejo comarcal beneficiario directo de la subvención. Excepcionalmente, las obras podrán ser contratadas por los ayuntamientos, siempre y cuando la supervisión y el control vayan a cargo del consejo comarcal. En cualquier caso, el ente contratante deberá designar un técnico responsable de la ejecución de las actuaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas subvenciones tienen por objeto apoyar la ejecución de actuaciones destinadas al arreglo y/o pavimentación de la red vecinal y rural de caminos cuyos titulares sean municipios incluidos en alguna de las comarcas de montaña que figuran en el anexo 2.

Las actuaciones de arreglo y/o pavimentación de la red vecinal y rural de caminos a las que se refiere el apartado anterior pueden comprender:

a) Actuaciones para mejorar los accesos a los núcleos, viviendas diseminadas y explotaciones agrarias.
b) Actuaciones para facilitar el acceso a puntos de interés turístico o paisajístico.
c) Actuaciones para la creación y señalización de itinerarios turísticos.
d) Actuaciones de urgencia y mantenimiento para la conservación de la calidad de los caminos.

Las referidas actuaciones siempre se deben realizar en caminos de titularidad pública situados en suelo no urbanizable.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5141
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento