Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del patrimonio cultural asturiano.

Código de ayuda:

S01519/25

Norma:

Resolución de 17 de diciembre de 2024. Resolución de 3 de abril de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de febrero de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 8.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar la financiación de proyectos y actuaciones arqueológicas sobre bienes del Patrimonio Cultural asturiano que se detallan a continuación:

a) Las excavaciones arqueológicas, en el subsuelo o subacuáticas, entendidas como las remociones de tierra y el análisis de estructuras realizados con metodología científica, destinadas a descubrir e investigar toda clase de restos históricos, así como los contextos geomorfológicos y paleoambientales relacionados con la historia del hombre y sus orígenes.

b) Las prospecciones arqueológicas, entendidas como las exploraciones superficiales, aéreas o subacuáticas, realizadas con metodología científica y técnicas tanto convencionales como geofísicas, fotografía aérea o drones, dirigidas a la localización y el estudio o examen de datos para la detección de los elementos a que se refiere la letra a) de este apartado.

c) Los muestreos arqueológicos, entendidos como extracciones de muestras en yacimientos y estructuras.

d) Los análisis arqueológicos de estructuras emergentes, entendidos como la actividad dirigida a la documentación e interpretación estratigráficas de las estructuras arquitectónicas alzadas que forman parte de un inmueble.

e) Los estudios de arte rupestre, incluyendo los trabajos destinados a la documentación gráfica y plástica de las manifestaciones artísticas y soporte de los motivos representados.

f) Estudios y tratamiento de materiales arqueológicos recuperados en las excavaciones tales como cerámica, metales, materiales óseos humanos o faunísticos u otros.

g) Las labores imprescindibles de protección y consolidación que sean necesarias por la ejecución del proyecto y actuaciones objeto de la subvención.

h) Cualesquiera otras actuaciones que, con remoción del terreno o sin ella, tengan por finalidad descubrir, documentar, investigar o proteger bienes integrantes del patrimonio arqueológico e impliquen la intervención sobre ellos o en su entorno.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Desarrollo Rural
  • Empleo
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Política Lingüística y Deporte (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total de la convocatoria: 100.000 euros.

La cuantía máxima de la ayuda no podrá exceder de 8.000 € (en ningún caso se subvencionarán actuaciones y proyectos por encima del 80 % del presupuesto subvencionable)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar estas subvenciones cualquier persona física así como personas jurídicas, centros o instituciones de gestión e investigación arqueológica, que reuniendo los requisitos para recibir autorización para la ejecución de actividades arqueológicas establecidos en los artículos 88 y 89 del Decreto 20/2015, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, además de los del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los acredite conforme se establezca en la presente convocatoria .

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal, como honorarios profesionales y retribuciones del personal contratado para la ejecución de tareas propias de actuaciones arqueológicas.

b) Seguro de responsabilidad civil y gastos en materia de seguridad y salud.

c) Gastos de manutención, alojamiento y desplazamiento, incluido el alquiler de vehículos.

d) Gastos de analíticas, dataciones y cualquier otra prueba científica relacionada directamente con el objeto de la subvención.

e) Gastos de material fungible no inventariable.

f) Cualquier otro gasto que se encuentre incluido en el presupuesto presentado y que sea imprescindible para el desarrollo del objeto del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/01/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 16
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/01/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 16
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 24/01/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 16
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento