Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para compensar el déficit de explotación por la exhibición de montajes teatrales de carácter profesional.
Código de ayuda:
S05928/25Norma:
Resolución CLT/849/2025, de 5 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/1523/2021, de 18 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de abril de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Estas bases tienen por objeto apoyar la exhibición de montajes teatrales de carácter profesional mediante subvenciones que compensan parte de las pérdidas derivadas del déficit de explotación.2. Las subvenciones previstas en estas bases se adecuan al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Podrán optar a estas ayudas las empresas, tanto personas físicas como jurídicas, que realicen toda o parte de su actividad en el ámbito del teatro.2. Asimismo, podrán optar a las ayudas las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones
temporales de empresas (UTE), de acuerdo con la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de
agrupaciones y uniones temporales de empresas y de las sociedades de desarrollo regional.
Requisitos:
a) La exhibición deberá haberse llevado a cabo durante la temporada anterior a la del año de concesión de la subvención. A los efectos de estas bases, se entenderá por temporada del año de concesión el periodocomprendido entre el 1 de septiembre del año anterior al de concesión de la subvención y el 31 de agosto del año de concesión de la subvención.
b) La exhibición, ya sea en temporadas o giras, deberá hacerse en Cataluña y a riesgo del beneficiario. Se entenderá que una exhibición es a riesgo del beneficiario cuando este sea remunerado por el espacio escénico en función de la recaudación de la taquilla.
c) La persona solicitante deberá tener un resultado de déficit de explotación, de acuerdo con la base 4, de 2.000 euros, como mínimo.
d) La aportación de recursos propios de la persona solicitante al coste de producción de cada montaje tendrá que ser, como máximo, de 60.000,00 euros.
Documentos asociados
Boletín:
25/05/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8417
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8417
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
17/03/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9372
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9372
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento