Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas de salud laboral y alimentaria.
Código de ayuda:
S47873/09Norma:
Orden de 04/06/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/07/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación de las bases reguladoras y la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el año 2009, destinadas a entidades que colaboren con la Consejería de Salud yBienestar Social en el desarrollo de programas de salud laboral y alimentaria en el territorio de Castilla-La Mancha.
Son objeto de las subvenciones que regula esta Orden las siguientes actuaciones:
a) Programas de higiene alimentaria relacionados con instauración de planes de autocontrol (APPCC), elaboración e implantación de guías de prácticas correctas de higiene que faciliten los principios del sistema APPCC, promoción de la alimentación saludable y actuaciones relacionadas con la educación sanitaria en población general y afectados por celaquía.
b) Programas de salud laboral que conlleven actividades relacionadas con la información y formación sanitaria de los trabajadores con objeto de prevenir los riesgos laborales y los daños para la salud de este colectivo y su plasmación en el correspondiente material didáctico.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asociacionismo y Voluntariado
- Calidad
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Salud y Bienestar Social (Castilla-La Mancha)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
a) Entidades sin ánimo de lucro, organizaciones empresariales y sindicales que tengan domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha con capacidad para desarrollar los proyectos y actividades referidos en la base primera apartado 2.a).b) Organizaciones empresariales y sindicales más representativas y que tengan domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha con capacidad para desarrollar los proyectos y actividades referidos en la base primera apartado 2.b).
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los Registros Oficiales que corresponda.b) Carecer de fines de lucro.
c) Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas por parte de la Consejería de Salud y Bienestar Social.
d) Acreditar en la forma establecida en el Anexo II de la presente Orden que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
e) Disponer de la estructura técnica y capacidad financiera suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en los programas o proyectos presentados, acreditando experiencia operativa para ello.
f) Encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones y no estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
g) No hallarse, quienes ostenten la representación legal de las entidades, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Documentos asociados
Boletín:
23/06/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 120
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 120
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento