Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva para el uso de energias renovables.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S06573/13

Norma:

Resolución de 7 de marzo de 2013. Resolución de 9 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el uso de energías renovables dentro del Plan de Energías Renovables (PER) para empresas privadas, particulares e instituciones sin ánimo de lucro para el año 2013.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de tecnología.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas, incluyendo las empresas de servicios energéticos (ESE), las personas físicas y las instituciones sin ánimo de lucro que promuevan el uso de las energías renovables de acuerdo con las actuaciones que luego se relacionarán.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La aplicación de las siguientes tecnologías:

a) Biomasa.

b) Solar fotovoltaica aislada.

c) Sistemas geotérmicos.

d) Minihidráulica, microhidráulica, y minieólica destinados al autoabastecimiento energético.

Requisitos:

Las comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal que quieran acogerse a las subvenciones pertenecientes a esta convocatoria, deberán realizarlo a través de una ESE.

No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas privadas, las personas físicas y las instituciones sin ánimo de lucro que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 15/03/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 62
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 109
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento