Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de micro proyectos de cooperación para el desarrollo en el exterior promovidos por los agentes de cooperación.- Convocatoria 2023.
Código de ayuda:
S29291/23Norma:
ORDEN de 14 de junio de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de julio de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas bases regulan la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales para la ejecución realización de microproyectos de cooperación para el desarrollo en el exterior.A los efectos de la presente convocatoria, se entiende por microproyectos aquellas intervenciones puntuales, de limitada intensidad, de duración no superior a 12 meses que tengan por objeto fortalecer y/o complementar otras actuaciones llevadas a cabo por agentes de cooperación en el mismo territorio.
Categorías Subvención
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo que se podrá financiar será del 95 % del presupuesto total del proyecto y en ningún caso la subvención concedida superará los 30.000 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades beneficiarias de la concesión de subvenciones deberán estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo, en la sección A: organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, y en la sección D: otros agentes sociales o entidades que tengan entre sus fines la realización de actividades de cooperación para el desarrollo.Requisitos:
Requisitos de las entidades solicitantes:Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo, en la sección A: organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, y en la sección D: otros agentes sociales o entidades que tengan entre sus fines la realización de actividades de cooperación para el desarrollo.
Que no hayan recibido ninguna subvención en las convocatorias para proyectos de cooperación para el desarrollo en el exterior a desarrollar por los agentes de cooperación al desarrollo en los últimos cinco años.
No incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cada entidad solicitante solo podrá presentar un microproyecto.
Requisitos de los microproyectos.
Que no se haya iniciado la ejecución del microproyecto antes del 1 de enero de 2023 y que esté finalizada antes de 31 de diciembre de 2023.
Que se identifiquen contrapartes o socios locales que participen responsablemente en la ejecución material del microproyecto y en la gestión de los recursos, y que conste expresamente su compromiso en el proyecto. No tendrán la consideración de contrapartes o socios locales las delegaciones de entidades españolas distintas de la entidad solicitante, aunque estén legalizadas en el país de ejecución del proyecto. Las contrapartes o socios locales deben estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente en el país de intervención, en su caso, con anterioridad a la publicación de esta convocatoria.
Que las acciones no tengan como objetivo la sustitución del Estado en la prestación de servicios públicos de salud, la educación reglada o la investigación oficial.
Que el proyecto redunde en la ampliación de las capacidades y las libertades de las poblaciones beneficiarias; es decir, que cuente con la participación de las personas beneficiarias en el desarrollo del proyecto, no sea discriminatorio por razón de cultura, raza, género, religión u origen, fomente la igualdad entre hombres y mujeres y sea respetuoso con la protección del medio ambiente.
Que tenga una repercusión práctica y cuantificable en la satisfacción de las necesidades básicas y los intereses estratégicos de la población de las zonas más desfavorecidas del país en el que se ejecute, atendiendo de manera prioritaria a las diferencias derivadas de las brechas de género y que sea respetuoso con los objetivos de desarrollo del país, de la zona donde se lleve a cabo la acción y de las comunidades beneficiarias.
Que el proyecto se ajuste tanto a la realidad como a la capacidad de gestión de la entidad solicitante y a la de su contraparte o socio local, con el fin de asegurar su viabilidad.
El presupuesto de los microproyectos deberá cumplir con lo que establece el artículo 7, Gastos del microproyecto, de esta convocatoria, en especial lo relativo a los límites máximos establecidos en alguna de las partidas y la imputación adecuada de los gastos.
El empleo de los documentos de formulación normalizados (tanto el técnico como el económico) adaptados a la presente convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
26/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
26/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento