Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de acción humanitaria en el exterior y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento PR811A).
Código de ayuda:
S00955/25Norma:
ORDEN de 19 de diciembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 17 de febrero de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales para la ejecución de proyectos de acción humanitaria en el exterior (código de procedimiento PR811A).Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a esta subvención las organizaciones no gubernamentales que estén inscritas en la sección A, organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, del Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo y que tengan entre sus fines el desempeño de actuaciones de acción humanitaria o que demuestren contrastada experiencia en este sector.Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo (sección A: organizaciones no gubernamentales para el desarrollo) al menos con un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.b) Tener correctamente justificadas las ayudas recibidas por parte de la Xunta de Galicia a otros proyectos de acción humanitaria para la anualidad 2022 y anteriores antes de la fecha de presentación de la solicitud para esta convocatoria, excepto en el caso de tener concedida la oportuna ampliación del plazo de justificación. Asimismo, es necesario que se hubiera efectuado el correspondiente ingreso, en los casos en que, sobre las entidades beneficiarias de ayudas económicas, se hubiera dictado resolución administrativa o judicial firme de reintegro.
c) No estar incursa en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
15/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 09
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 09
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
15/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 09
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 09
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento