Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global que ejecuten las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S27555/23

Norma:

ORDEN de 26 de mayo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de julio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases regulan la concesión de subvenciones para proyectos desarrollados dentro de alguna de las cuatro dimensiones siguientes:

a) Sensibilización y concienciación de la opinión pública en materia de cooperación para el desarrollo y causas de la pobreza.

b) Formación sobre el desarrollo y difusión en los ámbitos educativos del conocimiento de la realidad de los países empobrecidos y de la cooperación para el desarrollo.

c) Investigación sobre el desarrollo.

d) Incidencia, participación y movilización social para crear redes de solidaridad en nuestra sociedad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se podrá financiar será de un 95 % del presupuesto total del proyecto. En ningún caso podrá la subvención concedida superar los 35.000,00 euros para proyectos plurianuales. Para proyectos que se ejecuten solo durante el año 2023 la subvención máxima concedida será de 25.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades beneficiarias de la concesión de subvenciones serán las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que estén inscritas en la sección A del Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo y las agrupaciones lideradas por ONGD con los otros agentes de cooperación definidos en la legislación vigente de cooperación para el desarrollo.

Requisitos:

Requisitos que deben reunir las entidades solicitantes y/o agrupadas:

a) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo con, al menos, un año de antelación al día de publicación de la convocatoria. Las comunidades gallegas en el exterior que consten inscritas en el Registro de Centros y Comunidades Gallegas dependiente de la Secretaría General de la Emigración y las universidades quedan exentas de cumplir este requisito.

b) Tener correctamente justificadas las ayudas recibidas por parte de la Xunta de Galicia para las anualidades de 2021 y anteriores de otros proyectos en materia de educación para el desarrollo antes de la fecha de presentación de la solicitud para esta convocatoria, excepto en el caso de tener concedida la oportuna ampliación del plazo de justificación.

Asimismo, es necesario que se haya efectuado el correspondiente ingreso en los casos en los que, sobre las entidades beneficiarias de ayudas económicas, haya recaido resolución administrativa o judicial firme de reintegro.

c) No incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Requisitos de los proyectos:

a) No estar iniciada la ejecución del proyecto antes del 1 de enero de 2023, siendo necesario que su inicio sea en el propio año 2023. En los supuestos en los que el proyecto tenga carácter anual, deberá ejecutarse antes del 30 de diciembre del año de concesión de la subvención. En el caso de proyectos con carácter plurianual, deberán ejecutarse antes del 30 de noviembre del año siguiente al de concesión de la subvención.

b) Que se lleven a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. No obstante, los proyectos podrán considerar trabajo fuera de Galicia (resto de España, Europa y países prioritarios) siempre que los gastos de estas actividades sean realizados para aportar a las intervenciones información y perspectiva de los países del sur y/o la participación en redes.

c) El presupuesto de los proyectos deberá cumplir con lo que establece el artículo 8, gastos del proyecto, de esta convocatoria, en especial lo relativo a los límites máximos establecidos en alguna de las partidas y la imputación adecuada de los gastos.

d) La cofinanciación del proyecto correspondiente a la entidad solicitante y a otros financiadores diferentes a la Xunta de Galicia no puede ser el 100 % valorizado; tiene que existir en algún caso aportación financiera al proyecto.

e) El empleo de los documentos de formulación normalizados (tanto el técnico como el económico) adaptados a la presente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 07/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento