Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la competitividad del tejido empresarial de la Comunidad Autonoma de Galicia mediante el apoyo a la creacion y consolidacion de los clusters empresariales gallegos.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S19528/11Norma:
Orden de 29 de marzo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/05/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases, por las que se regirá la concesión de las subvenciones de la Consellería de Economía e Industria para la mejora de la competitividad del tejido empresarial de la Comunidad Autónoma de Galicia mediante el apoyo a la creación y consolidación de los clústers empresariales gallegos.Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Línea de reforzamiento. La subvención podrá alcanzar hasta el 50% de los costes subvencionables, yeste porcentaje será la intensidad máxima de ayuda.2. Línea de formación. La subvención podrá alcanzar hasta el 60% de los costes subvencionables, y este porcentaje será la intensidad máxima de ayuda.
3. Línea de constitución. La subvención podrá alcanzar hasta el 100% de los costes subvencionables, y este porcentaje será la intensidad máxima de ayuda, y el importe de la subvención estará limitado a 100.000 € por beneficiario.
Asimismo, se estará a lo dispuesto en los Reglamentos de ayudas de minimis a los que está sujeta
esta línea, en relación con el límite de la ayuda:
-La ayuda total de minimis concedida a un clúster determinado no será superior a 200.000 € durante
cualquier período de tres ejercicios fiscales.
-La ayuda total de minimis concedida a un clúster que opere en el sector del transporte por carretera no
será superior a 100.000 € durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
-La ayuda total de minimis concedida a un clúster que opere en el sector pesquero no será superior a
30.000 € durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
-La ayuda total de minimis concedida a un clúster que opere en el sector de la producción de productos
agrícolas no será superior a 7.500 € durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
- Para las líneas de reforzamiento y formación podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuiciode reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, los clústers empresariales gallegos.
- Para la línea de constitución podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las entidades que promuevan la constitución de un nuevo
clúster empresarial gallego, en aquellas cadenas económicas o conglomerados empresariales que no
estén representados por un clúster empresarial gallego ya constituido.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto las tres siguientes líneas: reforzamiento,formación y constitución.
1. Línea de reforzamiento:
Dentro de esta línea se considerarán subvencionables los servicios de consultoría, contratados por el
clúster y prestados por consultores externos, que tengan por finalidad procurar la mejora competitiva del
conglomerado empresarial que represente el clúster.
2. Línea de formación:
Dentro de esta línea se considerarán subvencionables aquellas acciones formativas desarrolladas o
contratadas por el clúster, que tengan por finalidad procurar la mejora de la capacitación del capital
humano perteneciente al conglomerado empresarial que represente el clúster.
3. Línea de constitución:
Dentro de esta línea se considerarán subvencionables aquellas acciones desarrolladas o contratadas
por la entidad promotora de un nuevo clúster empresarial gallego durante el proceso de constitución del
mismo.
Requisitos:
A estos efectos se considera clúster empresarial gallego cualquier entidad asociativa sin ánimo de lucro y legalmente constituida, que cumpla los siguientes requisitos:-Representar una cadena económica o conglomerado empresarial gallego perteneciente a los sectores
industriales y de servicios a los que se refiere el artículo 3º de la Ley 21/1992, de 16 de julio, deindustria, sin perjuicio de lo establecido por la legislación comunitaria.
-Estar configurado como una concentración de empresas representativas de los diferentes eslabones que conforman dicha cadena económica o conglomerado empresarial abarcando la totalidad del ámbito
territorial gallego.
-Actuar de forma conjunta, potenciando las relaciones e interconexiones más allá de las estrictamente
contractuales, para lograr mejoras de competitividad individuales.
-Operar en una misma cadena de valor con intereses comunes, ya sean mismos clientes, mismo campo de actuación, mismo producto, mismos procesos, necesidad de compartir conocimientos, etc.
-Respectar la autonomía de las empresas y, en cooperación, construir recursos, capacidades y competencias que de forma individual no podrían alcanzar, mejorando lo atractivo del territorio en que se sitúan para el desarrollo futuro de las actividades productivas.
-Disponer de una razón social identificativa del clúster (debe incluir la palabra clúster y las referencias al ámbito territorial gallego y al conglomerado empresarial que representa) y de unos estatutos de los que se desprenda su funcionamiento como clúster (debe inferirse el cumplimiento de los anteriores requisitos).
Documentos asociados
Boletín:
05/04/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 67
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 67
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento