Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de ferias y salones del libro en catalán u occitano en Cataluña.

Código de ayuda:

S03346/25

Norma:

Resolución CLT/380/2025, de 6 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/914/2017, de 27 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de marzo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la organización en Cataluña de ferias y
salones del libro en catalán u occitano.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones las empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro que lleven a cabo las actividades establecidas en la base 1 y cumplan los requisitos establecidos en la base 3.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Costes de contratación de servicios externos necesarios para el desarrollo de la feria o salón.

b) Gastos de promoción y publicidad.

c) Gastos correspondientes a la organización de mesas redondas, debates y exposiciones relativos a la feria o salón y celebrados durante el mismo.

d) Gastos relativos a los actos de inauguración y clausura de la feria o salón.

e) Gastos correspondientes al desplazamiento y la estancia (alojamiento y manutención) de autores/as y
editores/as invitados a la feria o salón.

f) Se podrán imputar gastos indirectos o generales a la actividad objeto de la ayuda según lo que se regula en la base general 5.4 y correspondientes al periodo informado en la solicitud en que efectivamente se celebre la feria o salón.

Requisitos:

a) La feria o salón se llevará a cabo en Cataluña en el periodo comprendido entre el mes de diciembre del año anterior al de concesión de la subvención y el mes de diciembre del año de concesión de la subvención.

b) La organización de la feria o salón deberá garantizar y acreditar la libre concurrencia de expositores
participantes en el evento.

c) La feria o salón, o el equipo directivo, deberá tener una trayectoria consolidada de como mínimo dos
ediciones consecutivas, sin incluir la edición o las ediciones del año de concesión de la subvención.

d) La feria o salón debe contar al menos con cinco sellos editoriales representados y la participación de al menos un librero o una librera. A los efectos de estas bases, se entiende por sello editorial el nombre comercial bajo el cual una empresa editorial publica libros. Una misma empresa puede tener múltiples sellos editoriales.

e) La feria o salón debe contar al menos con el apoyo económico (dinerario o en especie) de una
administración local.

f) En la feria o salón se llevará a cabo la comercialización directa del libro al consumidor final.

g) La feria o salón debe tener como objetivo la promoción, la difusión y la comercialización del libro en lengua catalana u occitana.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7361
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/02/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9352
Documento: Convocatoria 2025 Descargar Documento