Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Código de ayuda:

S38364/23

Norma:

Orden de 25 de octubre de 2023. ORDEN TES/864/2023, DE 21 DE JULIO. Orden de 28 de octubre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de diciembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto convocar para el año 2024, las subvenciones para la realización de actividades con el fin de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones de información, asistencia técnica y promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de 1 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de octubre de 2024) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como a la Orden TES/864/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Prevención Riesgos Laborales
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima subvencionable por convocatoria y entidad beneficiaria para las acciones intersectoriales será de 300.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarios de la subvención para acciones intersectoriales las organizaciones empresariales y sindicales más representativas a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y para acciones sectoriales las organizaciones empresariales y sindicales representativas en su ámbito sectorial correspondiente, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por estas y aquellas respectivamente, para la consecución de cualquiera de sus fines, todas ellas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Documentos asociados

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BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 176
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/10/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 256
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín: 06/11/2024
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