Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud a Entidades Locales Andaluzas para la realizacion de actuaciones en materia de juventud.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S39500/11Norma:
ORDEN de 11 de julio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/08/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de actuaciones en materia de juventud por Entidades Locales andaluzas.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Juventud
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Porcentaje máximo de la subvención: 75%, si el proyecto presentado es superior a 6.050 €. Si el proyecto es igual o inferior a 6.050 €, la cuantía de la subvención podrá ser del 100% del proyecto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Municipios, a través de sus respectivos Ayuntamientos.b) Provincias, a través de sus respectivas Diputaciones.
c) Mancomunidades de Municipios.
d) Agencias Públicas Administrativas Locales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos corrientes de proyectos o actividades dirigidos mayoritariamente a la juventud andaluza.Gastos de personal, gastos de funcionamiento y gastos de prestación de servicios necesarios para la realización de proyectos o actividades dirigidos mayoritariamente a jóvenes que tengan edades comprendidas entre 14 y 30 años, ambas inclusive, salvo en el ámbito de emancipación (empleo y vivienda), en cuyo caso la edad límite será de 35 años, y que tengan previsto su inicio o desarrollo durante el ejercicio en el cual se publique la convocatoria, por las Entidades Locales Andaluzas enumeradas en el apartado 4, siempre que tengan relación con el fomento, promoción, y desarrollo de actividades y la formación de la juventud andaluza, en alguno de los siguientes ámbitos:
1. Emancipación (Empleo y Vivienda).
2. Participación y Voluntariado.
3. Calidad de Vida (Salud, Ocio, Cultura; Deporte y Medio Ambiente).
4. Innovación (Investigación, Cultura Emprendedora y Nuevas Tecnologías).
5. Movilidad e Idiomas (Conocimiento de otros idiomas y otras culturas).
6. Actividades de ocio alternativo entre la juventud andaluza en Municipios de más de 50.000 habitantes.
Requisitos:
- Las Mancomunidades de Municipios deberán estar constituidas de acuerdo con lo establecido en la Sección 1.ª del Capítulo II de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.- Las Agencias Públicas Administrativas Locales, deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 34 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
Documentos asociados
Boletín:
26/07/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 145
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 145
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento