Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales para la promocion del tejido profesional del flamenco en Andalucia.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S39800/11Norma:
ORDEN de 7 de julio de 2011. RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/09/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar, para el ejercicio 2011, la concesión de subvenciones previstas en la Orden de 7 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Cultura (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cuantía máxima de la subvención: 75.000 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas dedicadas profesionalmente a la creación, producción o distribución de espectáculos de flamenco de interés cultural.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos de participación en festivales flamencos de especial interés cultural y carácter internacional, cuyo plazo de ejecución se inicie dentro del año en curso en el que se realice la correspondiente convocatoria, y finalice como máximo dentro del año siguiente al de la mencionada convocatoria.Se subvencionarán además los gastos que, referidos exclusivamente a desplazamientos del personal y material de las compañías, alojamiento y promoción en su caso, respondan de manera indubitada a la
naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión.
Requisitos:
El ejercicio profesional de la actividad objeto de la subvención constituye un requisito indispensable para poder obtener de la condición de beneficiario, por lo que la misma deberá quedar debidamente acreditada, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa del alta en el epígrafe correspondiente en el caso de que la persona solicitante sea persona física (profesional autónomo) bien mediante la aportación de los estatutos o documentación equivalente donde se concrete el objeto social de la entidad, en el caso de que la persona solicitante actué en representación de una persona jurídica.Documentos asociados
Boletín:
27/07/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 146
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 146
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Boletín:
04/08/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 152
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 152
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento