Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de proyectosde formación en alternancia con el empleo para el ejercicio 2024, y se acuerda su tramitación de urgencia.

Código de ayuda:

S23437/24

Norma:

Resolución de 28 de octubre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de noviembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las subvenciones es financiar la ejecución en Canarias de los proyectos Programas de Formación en Alternancia con el Empleo PFAE (proyectos en adelante) con el fin de mejorar la empleabilidad de las personas, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que presenten mayores dificultades de inserción, y que estén inscritas como demandantes de empleo en el SCE; ello mediante la adquisición de las aptitudes y competencias profesionales necesarias, de manera que sea posible su
incorporación al mercado laboral de forma estable y duradera en el tiempo.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Turismo y Empleo (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1-Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos, de la Administración del Estado y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2-Corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a las Corporaciones Locales, cuya titularidad corresponda íntegramente a las mismas, incluidas las sociedades mercantiles locales.

3-Universidades de La Laguna y de Las Palmas de Gran Canaria.

4- Consorcios dotados de personalidad jurídica a que se refieren los artículos 118 de la LRJSP y el artículo 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

5- Corporaciones de Derecho Público.

6- Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Requisitos:

1.Las entidades solicitantes de los proyectos deberán estar inscritas y/o acreditadas en el registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Canarias para impartir los correspondientes Certificados Profesionales, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

2.Las entidades solicitantes de los proyectos deberán estar dadas de alta a terceros en el Sistema
Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias.

3.No podrán acceder a las subvenciones reguladas en esta Resolución entidades solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.

4. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado cuarto del Acuerdo de Gobierno de 24 de abril de 2014, de medidas preventivas de detección temprana y procedimientos:

“todas las sociedades mercantiles públicas y fundaciones del sector público autonómico,
así como sus órganos de administración velarán para facturar las encomiendas o no aceptar
subvenciones o aportaciones para el fomento de actividades, sin que se acredite que no
se pone en riesgo su sostenibilidad financiera. A estos efectos, las entidades deberán
previamente realizar un análisis de su repercusión en relación con el resultado del ejercicio
y posteriores, así como en relación con su incidencia en la corriente de cobros y pagos,
en la posición de la tesorería de la entidad y en los plazos de pagos a los proveedores
comerciales”.

5. Los requisitos señalados en los apartados anteriores deberán cumplirse en el momento de presentar la solicitud.

6. El incumplimiento de requisitos previstos en la presente base dará lugar a la inadmisión de la solicitud. Los requisitos deberán mantenerse durante el periodo que dure la ejecución del proyecto subvencionado.

Documentos asociados

Boletín: 05/11/2024
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 220
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2024. Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/11/2024
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 220
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2024 (extracto) Descargar Documento