Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la UniónEuropea –NextGenerationEU–, y se efectúa la convocatoria del año 2024.

Código de ayuda:

S11637/24

Norma:

Orden de 29 de mayo de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de agosto de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales o catálogos que determine la normativa vigente, en los sectores estratégicos recogidos en el Anexo II de las bases reguladoras, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Para los proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate, las empresas a título individual, que presenten proyectos de formación y, en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral. Las empresas podrán ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho.

b) Para los proyectos de agrupaciones de empresas, asociaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate, las agrupaciones de empresas, asociaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas.

c) Para los proyectos de entidades de formación que presenten propuestas de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas, las entidades de formación que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, que, en el caso que opten por la formación mixta, cuenten con centros físicos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía para impartir la modalidad presencial.

d) Para los proyectos de entidades sin ánimo de lucro que presenten propuestas de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos de especial vulnerabilidad relacionados en el Anexo V de las Bases Reguladoras, las entidades sin ánimo de lucro, con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos de especial vulnerabilidad. No podrán participar en estos proyectos personas ocupadas que no pertenezcan a colectivos de especial vulnerabilidad.


Documentos asociados

Boletín: 06/06/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/06/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 109
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento