Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
Código de ayuda:
S21846/24Norma:
Orden de 10 de octubre de 2024.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 1.500 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria tiene por objeto facilitar y promover la autonomía de las personas con discapacidad deAndalucía mediante la dotación de herramientas, métodos y dispositivos que mejoren la accesibilidad, la calidad de vida y su inclusión social.
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Porcentaje máximo de la subvención: hasta 100%Cuantía máxima de la subvención: el coste de la actuación con el límite máximo de 1.500 €. No obstante,
existirá un límite específico para dispositivos móviles, cuya cuantía máxima ascenderá a 700 euros y para
tabletas, cuya cuantía máxima ascenderá a 1.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Personas físicas con discapacidad y vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.Requisitos:
1. Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% y poseer resolución de reconocimiento del grado a la fecha de presentación de la solicitud.2. Tener vecindad administrativa en algún municipio andaluz a la fecha de publicación de la convocatoria.
3. Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 4 veces el IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado o volante de empadronamiento conjunto o colectivo. Tanto para el cálculo de la renta per cápita como para el IPREM, se tomará como referencia el año correspondiente al último ejercicio fiscal con plazo de presentación de la declaración de renta vencido.
Este requisito no será de aplicación cuando la persona beneficiaria de la ayuda sea un menor de edad en acogimiento familiar o en guarda con fines de adopción.
4. Disponer de un presupuesto cierto, detallado y conforme a la finalidad del producto solicitado que recoja sus características, marca y modelo.
5. Se exigirá Informe Técnico de Idoneidad, conforme al Anexo III, emitido por profesional facultativo colegiado,(médico, psicólogo, logopeda, fisioterapeuta, terapeuta ocupacional...) en el que se hará constar, debidamente identificado, el producto de apoyo para el que se solicita la subvención y su correlativa adecuación para ser utilizado por la persona con discapacidad solicitante para facilitar y satisfacer su participación en la sociedad, proteger, apoyar, entrenar, medir o sustituir funciones y/o estructuras corporales y actividades, o prevenir deficiencias, limitaciones en la actividad o restricciones en la inclusión y participación, y que, además, no se encuentra entre los productos financiados con cargo al Catálogo del Servicio Andaluz de Salud. En el supuesto de que el producto haya sido adquirido con anterioridad a la solicitud de ayuda, el informe técnico de idoneidad, aunque sea emitido con posterioridad a la adquisición, deberá justificar los mismos extremos.
Documentos asociados
Boletín:
18/10/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 204
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 204
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín:
18/10/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 204
Documento: Bases (Extracto) Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 204
Documento: Bases (Extracto) Descargar Documento