Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para las ayudas destinadas al fomento de la generación fotovoltaica en espacios antropizados, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 8, Línea 1), con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2).

Código de ayuda:

S18973/24

Norma:

ORDEN de 27 de agosto de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de noviembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por finalidad establecer las bases reguladoras y convocar ayudas destinadas al fomento de la generación fotovoltaica en espacios antropizados, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias y concretamente su Programa 8, que contempla los siguientes retos y objetivos:

• Promover en las zonas antropizadas la generación fotovoltaica creando espacios de sombra que consigan la integración ambiental y territorial, empleando estas infraestructuras como elementos que ayudan a reducir la dependencia energética y tienen un uso definido para la población.

• Promover la agrovoltaica como sistema de generación fotovoltaica en superficies agrarias de forma que se genere una sinergia entre las producciones utilizando los módulos fotovoltaicos de forma indirecta como elementos que aporten sombra en cultivos que están sufriendo las consecuencias de la mayor exposición a la irradiación solar.

• Promover el crecimiento de energías renovables asociadas a infraestructuras en uso que den un valor extra a las mismas.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Transición Ecológica y Energía (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias, siempre que lleven a cabo los proyectos o actividades que motivan la concesión de esta ayuda en el ámbito territorial de las Islas Canarias, las siguientes:

a) Las personas jurídicas.

b) Las Administraciones Públicas, tanto territoriales como pertenecientes al sector público institucional.

c) Los siguientes entes sin personalidad jurídica: Comunidades de Bienes, Comunidades de Regantes, Comunidades de propietarios, o las agrupaciones de estas. En estos casos, se considerarán como beneficiarias a los comuneros que de forma agrupada sean propietarias de los edificios o inmuebles afectados por las actuaciones subvencionables.

Documentos asociados

Boletín: 30/08/2024
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 171
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/09/2024
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 171
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento