Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para las librerías ubicadas en Cataluña.

Código de ayuda:

S05937/25

Norma:

Resolución CLT/869/2025, de 5 de marzo. Resolución CLT/628/2025, de 27 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta línea de subvenciones va dirigida a las librerías ubicadas en Cataluña, para dar apoyo financiero al cumplimiento de las siguientes acciones:

a) La realización de acciones para la comercialización y la promoción del libro, así como el fomento de la lectura tanto en la librería como en ferias y salones del libro, centros educativos y bibliotecas.

b) La incorporación, adaptación o mejora de nuevas tecnologías siempre que no tengan la consideración de
inversión, adquisición de equipamiento o bien inventariable.

c) La contratación de servicios que tengan una repercusión directa en el espacio de la librería o en el servicio prestado al usuario o en la comercialización del libro, siempre que no tengan la consideración de adquisición de equipamiento o realización de obras.

1.2 A efectos de estas bases, se establecen las siguientes definiciones:

a) Librería: el establecimiento físico abierto al público destinado principalmente a la venta de libros.

b) Librería de nueva creación: aquella que ha sido dada de alta de actividad económica el año anterior al de la concesión de la subvención o el año de la concesión de la subvención.

c) Librería consolidada: aquella que ha sido dada de alta de actividad económica con anterioridad al período establecido para la librería de nueva creación.

1.3 En caso de que una empresa tenga varias librerías, es necesario presentar una solicitud por librería, hasta un máximo de cinco solicitudes por convocatoria.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Comercio
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Únicamente pueden optar a las subvenciones las empresas privadas que se dedican, de forma exclusiva o
principal, a la venta de libros al cliente final, en establecimientos abiertos al público y que estén dadas de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores con el epígrafe de actividad económica correspondiente al comercio al por menor de libros.

Requisitos:

a) Las actividades objeto de subvención se llevarán a cabo durante el año de concesión de la subvención. En el caso de las librerías de nueva creación, la actividad también podrá llevarse a cabo durante el año anterior al de la concesión.

b) La persona solicitante debe tener una página web a disposición de los usuarios, sea relativa al
establecimiento individual o a la cadena de librerías a la que pertenece.

c) La persona solicitante debe estar dada de alta en la base de datos LibriData de la Cámara del Libro de
Cataluña o LIBRIRED de la Confederación Española de Gremios y Asociaciones de Libreros.

d) La persona solicitante debe disponer de un sistema informatizado de gestión y control de existencias y
ventas para cada librería para la que se solicita la subvención

Documentos asociados

Boletín: 05/03/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9364
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/03/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9372
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento