Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a organizaciones sindicales para el funcionamiento de un servicio de asesoramiento jurídico y defensa procesal a mujeres en caso de discriminación laboral por razón de sexo.
Código de ayuda:
S24537/21Norma:
Orden de 18 de mayo de 2021.Plazo de Solicitud:
A determinar en la correspondiente convocatoria.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 70.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvencionar proyectos para el funcionamiento de un servicio de defensa legal para las mujeres que sufrenalgún tipo de discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral o cualquier ámbito contencioso,
incluido el administrativo, ofreciendo información, asesoramiento, acompañamiento e intervención en la defensa, incluida la procesal, de los derechos de las mujeres y en la búsqueda de la igualdad real y
efectiva entre mujeres y hombres.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Porcentaje máximo de la subvención: 100% del presupuesto aceptado.Cuantía máxima de la subvención: 70.000,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:1- Organizaciones sindicales reguladas por su Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto, de libertad
sindical, con implantación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2- Entidades sin ánimo de lucro con implantación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma
Andaluza, que estén vinculadas y participadas al 100% por las organizaciones sindicales y a
través de las cuales realizan el asesoramiento y defensa jurídica de las trabajadoras.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:- Las entidades mencionadas en el apartado anterior deberán estar legalmente constituidas e
inscritas en el registro público administrativo que legalmente le corresponda, de acuerdo con lo
establecido en el artículo cuarto, apartado primero de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,
de Libertad Sindical y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de
las organizaciones sindicales y empresariales.
4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el final del plazo de ejecución.
4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No se establecen.
4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación
del procedimiento de concesión:
Todas.
Documentos asociados
Boletín:
21/05/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 96
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 96
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento