Subvenciones, en regimen de concurrencia no competitiva y transitorio, para la produccion de largometrajes cinematograficos.- Convocatoria 2014.- Modificación dotación de la ayuda.

Código de ayuda:

S07600/14

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/432/2014, de 10 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/1611/2014, de 30 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar la producción de largometrajes cinematográficos, con el fin de impulsar la industria audiovisual catalana hacia la consolidación de una cinematografía propia que promueva los valores culturales y lingüísticos catalanes.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no puede superar los 182.000,00 euros por obra audiovisual.

En caso de largometrajes cinematográficos en versión original catalana u occitana en su variante aranesa, la subvención otorgable no puede superar el 13,65% del coste de producción asumido por el solicitante. Si la versión original del largometraje es en cualquier versión diferente a las anteriores, la subvención otorgable no puede superar el 9,1% del citado coste.

Para el cálculo de la subvención se considera el coste total del largometraje cinematográfico según el reconocimiento oficial del coste e inversión del productor del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

En cualquier caso no se computará como coste de producción el importe unitario correspondiente a las distintas partidas de los capítulos I (guión y música), II (personal artístico) y III (equipo técnico) de la auditoría oficial establecida en el apartado b.3) de la base 5.1 en las cuantías que excedan el 5% del coste de realización.

En caso de coproducciones, solo se considera el coste imputable al solicitante en función de su porcentaje de participación en el largometraje cinematográfico.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas de producción cinematográfica audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o domiciliadas en un Estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La producción de largometrajes cinematográficos, con el fin de impulsar la industria audiovisual catalana hacia la consolidación de una cinematografía propia que promueva los valores culturales y lingüísticos catalanes.

Documentos asociados

Boletín: 03/03/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6573
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 11/07/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6662
Documento: Modificación Dotación. Descargar Documento