Subvenciones en relación con los proyectos aprobados dentro del marco del programa comunitario de acción «Juventud» de la Unión Europea para el año 2004.
Código de ayuda:
S20828/04Norma:
Resolución de 27 de julio de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/09/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Llevar a cabo proyectos aprobados dentro del marco del programa comunitario de acción «Juventud» de la Unión Europea para el año 2004, a favor de las personas y las entidades indicadas.Categorías Subvención
- Juventud
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Presidencia y Deportes (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se concederá, con carácter general, hasta el 10% del presupuesto final del proyecto presentado y aprobado por la Agencia Nacional Española, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades que se indican a continuación, que sean promotoras de un proyecto incluido en el programa «Juventud», que previamente haya aprobado la Comisión Europea o la Agencia Nacional:a) Para la línea de ayudas a personas físicas y jurídicas privadas, pueden ser beneficiarios, en cuanto a las convocatorias europeas desde septiembre 2003 hasta junio 2004:
- las asociaciones juveniles
- las entidades prestadoras de servicios a la juventud
- las agrupaciones de jóvenes para llevar a cabo un proyecto. En este caso, uno de los jóvenes tiene que ser el representante de los demás, ha de firmar la solicitud y ser el responsable ante la Administración.
b) Para la línea de ayudas a personas jurídicas de carácter público, pueden ser entidades beneficiarias, en cuanto a las convocatorias europeas desde junio de 2003 hasta abril de 2004, los ayuntamientos de les Illes Balears.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos necesarios para llevar a cabo las actividades.No es objeto de esta convocatoria la presentación de solicitudes de subvención para adquirir bienes y equipamientos inventariables o para hacer obras.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
07/08/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 109
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 109
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