Subvenciones estatales destinadas a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma por COVID-19.
Código de ayuda:
S50582/20Norma:
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Orden 2036/2020, de 16 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de junio de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 1.200 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Orden es convocar las ayudas reguladas en el Real Decreto 508/2020, de 5 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones estatales destinadas en el ejercicio 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos, durante los meses de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se convoca el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva mediante créditos de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por un importe de 143.500 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que presenten o hayan presentado en 2020, la solicitud única prevista en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, que reúnan los requisitos para ser beneficiario del pago por oveja y/o cabra establecido en la sección 5.a , sección 6.a o sección 9.a del capítulo II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, y que sean titulares de una explotación inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), y, en concreto, los titulares de las siguientes explotaciones de producción primaria inscritas como:a) Explotaciones de ovino con una clasificación zootécnica de “reproducción para la producción de carne”, “reproducción para la producción de leche” o “reproducción para producción mixta” con más de 50 hembras reproductoras conforme a la última declaración censal obligatoria establecida en el artículo 11.4 del Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.
b) Explotaciones de caprino con una clasificación zootécnica de “reproducción para la producción de carne”, “reproducción para la producción de leche” o “reproducción para producción mixta” con más de 30 hembras reproductoras conforme a la última declaración censal obligatoria establecida en el artículo 11.4 del Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre.
Documentos asociados
Boletín:
06/05/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
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Boletín:
28/09/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 235
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
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