Subvenciones incluidas en el "Proyecto Emprende en Molina de Segura".- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S18219/13

Norma:

Molina de Segura, 7 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer los criterios reguladores de la convocatoria para la concesión de ayudas contempladas en el programa de fomento empresarial “EmprendeenMolinadesegura”, que tiene como finalidad promover la actividad empresarial y fomentar las inversiones que contribuyan al desarrollo económico de nuestro municipio, en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Ayuntamiento de Molina de Segura (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, personas físicas o jurídicas, ubicadas o que se vayan a instalar en Molina de Segura, con domicilio fiscal en Molina de Segura, que tengan la consideración de microempresas”, que son aquellas que ocupan a menos de 10 de personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no excede de 2 millones de euros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El programa de fomento empresarial “EmprendeenMolinadesegura”, que tiene como finalidad promover la actividad empresarial y fomentar las inversiones que contribuyan al desarrollo económico de nuestro municipio, en régimen de concurrencia competitiva.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario, las empresas que se hallen incursas en cualquiera de los supuestos contemplados en el artículo 13. 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

En el caso de estar obligadas a su pago, deberán haber satisfecho la correspondiente tasa municipal de actividad y no tener incoado procedimiento sancionador alguno por el Ayuntamiento de Molina de Segura.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 122
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento