Subvenciones incluidas en el programa de apoyo a los jovenes, fomento de la formacion, participacion e informacion juveniles y mejora de la Red de Instalaciones Juveniles de Castilla y Leon.

Código de ayuda:

S06455/09

Norma:

RESOLUCION de 27 de enero de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2009 las subvenciones que seguidamente se relacionan, incluidas en el Programa
de apoyo a los jóvenes, fomento de la formación, participación e información juveniles y mejora de la Red de Instalaciones Juveniles de Castilla y León, cuyas Bases Reguladoras fueron aprobadas por Orden FAM/111/2009, de 20 de enero, publicada en «Boletín Oficial de Castilla y León», de 27 de enero.

Categorías Subvención

  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La cuantía máxima de la subvención a conceder podrá alcanzar el 90% del presupuesto que sea aceptado por la Administración, sin que en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos pueda superar el coste total de la actuación subvencionada.

2.– La determinación de la cuantía exacta de la subvención correspondiente a cada beneficiario se realizará en función de la valoración obtenida según los criterios de otorgamiento de la subvención, asignándose el 90% del presupuesto que sea aceptado, al que obtenga el máximo de los puntos previstos en el baremo y al resto de manera proporcional a la puntuación obtenida.

3.– No obstante, la cuantía máxima a conceder por proyecto no será superior a:

– 6.000 €, cuando las actuaciones subvencionables sean artes escénicas y creación literaria.

– 5.000 €, cuando las actuaciones subvencionables sean música y danza y artes plásticas y visuales.

– 12.000 €, cuando la actuación subvencionable sea creación audiovisual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y los 30 años que cumplan a fecha de la presentación de la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos los gastos derivados de la naturaleza de la actividad subvencionada que sean precisos para su adecuada ejecución.

2.– Los gastos subvencionables deberán haberse realizado entre el 1 de octubre de 2008 y el 30 de septiembre de 2009.

Requisitos:

a) Estar empadronados en un Municipio de Castilla y León.

b) Haber nacido en Castilla y León, aún cuando residan en otras Comunidades Autónomas o fuera del territorio nacional.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 17
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/01/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 20
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 36
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento