Subvenciones individuales en el ambito de los proyectos para el fomento y la competitividad de la internacionalizacion de la economia catalana.

Código de ayuda:

S29319/09

Norma:

RESOLUCION IUE/935/2009, de 27 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de noviembre de 2009.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para el año 2009 para la concesión de subvenciones individuales en el ámbito de los proyectos para el fomento y la competitividad de la internacionalización de la economía catalana.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas con domicilio social y/o domicilio fiscal en Cataluña.
Las empresas pueden ser agrarias, industriales o de servicios, siempre que estas los desarrollen al exterior y puedan ser considerados como exportación. En el caso de empresas de servicios que representen otras empresas, la solicitud se formalizará y se concederá en beneficio de la empresa representada. En el caso de empresas comerciales que representen a otras empresas, la ayuda se concederá a la empresa que, formando parte del grupo empresarial, asuma la tarea comercial.
Esta empresa deberá justificar su vinculación con las empresas agrarias, industriales o de servicios del grupo.
Como norma general, las empresas solicitantes habrán de tener una facturación superior a los 100.000 euros el año anterior al de la solicitud, o un volumen de exportación superior a 60.000 euros. Excepcionalmente, las empresas que no se ajusten a los requisitos económicos anteriores, podrán solicitar las subvenciones COPCA, siempre y cuando obtengan un informe de diagnosis favorable hacia el programa en el que estén interesados. El informe de diagnosis será efectuado por un experto designado por el COPCA.

b) Entidades, asociaciones empresariales y cámaras de comercio, industria y navegación cuya actividad se desarrolle totalmente o parcialmente en Cataluña y esté relacionada con la internacionalización.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5358
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento