Subvenciones individuales para personas que siguen tratamiento en el Proyecto Hombre.

Código de ayuda:

S49782/05

Norma:

Bases del 11 de octubre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer y regular las ayudas individuales para personas residentes en Eivissa y Formentera que se deben desplazar a Palma de Mallorca para seguir tratamiento en el Proyecto Hombre durante el año 2005 y para personas residentes en Formentera que se deban desplazar a Eivissa para seguir tratamiento en el Proyecto Hombre durante el año 2005.

Para poder acceder a estas ayudas se deberá acreditar una renta por cápita de la unidad económica de convivencia inferior a 694 euros mensuales.
A los efectos de esta convocatoria, se entiende por unidad económica de convivencia el grupo familiar que viva en el domicilio en el cuál haya entre los componentes del citado grupo un vínculo de matrimonio u otra relación estable análoga, un vínculo de consanguinidad, adopción o afinidad hasta el primer grado.
El grado de parentesco se contara a partir de la persona beneficiaria de la prestación, es decir, la persona que siga el tratamiento al Proyecto Hombre.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Consell Insular d’Eivissa i Formentera subvencionará el 50% del gasto con un máximo de 1.205,00 euros, siempre que las disponibilidades presupuestada lo permitan.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas residentes en Eivissa y Formentera que se han de desplazar a Palma para seguir tratamiento en el Proyecto Hombre durante el año 2005.

Las personas residentes en Formentera que se han desplazar a Eivissa para seguir tratamiento en el Proyecto Hombre durante el año 2005.

En el supuesto anterior, los solicitantes podrán ser familiares que den apoyo al beneficiario del tratamiento cuando haya un vínculo de matrimonio u otra relación estable análoga, un vínculo de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado y/o un vínculo por afinidad hasta el primer grado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos ocasionados durante el año 2005 por:
- Transporte en barco o avión entre Eivissa y Palma, y viceversa.
- Gastos de alojamiento en Palma en hoteles, pensiones, hostales, etc.
- Transporte en barco entre Formentera y Eivissa y viceversa, y los gastos de alojamiento en Eivissa en hoteles, pensiones, hostales, etc. para las personas residentes en Formentera que se deban desplazar a Eivissa para seguir tratamiento en el Proyecto Hombre durante el año 2005.
- Se podrán incluir los gastos de los familiares que reciben tratamiento en el Proyecto Hombre cuando los desplazamientos y estancias en Palma o en Eivissa, tengan como motivo el acompañar, dar apoyo o participar en el tratamiento del beneficiario/a. El Consell Insular d’Eivissa i Formentera podrá solicitar
al Proyecto Hombre la información ó los informes que considere oportunos.

Requisitos:

- Estar domiciliadas en Eivissa o en Formentera.
- Acreditar una renta por cápita según lo que se dispone en esta convocatoria (ver objeto).

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 151
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento