Subvenciones mediante contratos programa para la formación de trabajadores, en materia de formación profesional continua por parte del Servicio Canario de Empleo.

Código de ayuda:

S31228/06

Norma:

Real Decreto 1.046/2003. Orden TAS/2782/2004. Resolución de 21 de agosto de 2006. Resolución de 6 de agosto de 2007. Resolución de 20 de agosto de 2007. Resolucion de 1 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/09/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de las subvenciones públicas por el Servicio Canario de Empleo, mediante Contratos Programa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la formación de trabajadores, destinadas a financiar las acciones de formación en materia de formación continua, que se desarrollen a través de los Planes de Formación solicitados por las organizaciones y entidades que se señalan en la presente Resolución.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

- Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias para los planes de formación intersectoriales.

- Las entidades creadas al amparo de la negociación colectiva sectorial y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito del respectivo sector de actividad, siempre que todos ellos cuenten con acuerdo dentro de la esfera de influencia de la negociación colectiva sectorial estatal. Estas entidades deberán acreditar su participación en la correspondiente negociación colectiva sectorial estatal o acuerdo específico sectorial estatal de formación continua.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se entiende por acciones formativas las que reúnen los requisitos que se establecen en el apartado noveno
de la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, con las siguientes modalidades de impartición:

- Presenciales.
- A distancia convencional.
- Teleformación.
- Mixtas.

Las acciones formativas presenciales se organizarán en grupos con un máximo de 25 participantes. En las acciones de formación a distancia, incluidas las desarrolladas mediante teleformación, se dispondrá como mínimo de un tutor por cada 80 participantes. En las acciones mixtas se respetarán los límites expuestos en este párrafo, según la respectiva modalidad formativa.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 219
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 16/08/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/08/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 170
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 28/08/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 172
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 28/08/2007
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 172
Documento: Modificación Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 15/07/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 141
Documento: Instrucciones, Documentación y Justificación Descargar Documento
Boletín: 16/10/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 208
Documento: Modificación Plazos Acciones Formativas Descargar Documento