Subvenciones municipales 2011.
Código de ayuda:
S14555/11Norma:
Narón, 21 de febrero de 2011. Narón, 28 de mayo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de subvenciones municipales para entidades en las áreas socioeducativa, sociocultural, de igualdad, de personas con discapacidad y personas con drogodependencias, de infancia, de inmigración y minorías étnicas, de atención a las personas mayores, de prestación de servicios locales básicas, de participación ciudadana, de juventud, medioambiental y de salud.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Educación y Ciencia
- Juventud
- Medio Ambiente y Energía
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Ayuntamiento de Narón (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades asociativas, sin ánimo de lucro, para actividades en el ámbito municipal que, reuniendo, los requisitos generales exigidos en la ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones y ayudas públicas del Ayuntamiento de Narón, cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Líneas de actuación para entidades asociativas desarrolladas en el ámbito municipal.1. Área socioeducativa.
- Fomento de la dinamización educativa y académica, educación ambiental, educación para la salud, educación física, del ocio, formación, educación regulada, sean de carácter lectivo o extraescolar, educación de adultos, educación popular, etc.
2. Área sociocultural.
a) De expresión artística, audiovisual, literaria, teatral, musical, cinematográfica, promociones y publicaciones literarias, de nuevas tendencias culturales.
b) De recuperación y mantenimiento de patrimonio cultural, antropológico, etnográfico, medioambiental o del patrimonio histórico municipal en general.
c) De dinamización sociocultural.
3. Área de igualdad.
- Programas y acciones de igualdad, prevención de la violencia de género, de participación, de salud integral de las mujeres y otros.
- Programas de conciliación de la vida laboral y familiar.
4. Área de personas con discapacidad y personas con drogodependencias.
- Programas dirigidos a la prestación de servicios sociales.
5. Área de infancia.
-Promoción de actividades lúdicas y de desarrollo de la infancia.
-Atención y protección de la infancia.
6. Área de inmigración y minorías étnicas, referidos a programas y acciones que favorezcan la integración social de personas inmigrantes y la no discriminación, y para la inclusión social de minorías étnicas.
7. Área de atención a las personas mayores, para programas y acciones de dinamización social, fomento de la actividad física, promoción de actividades intergeneracionales, programas de envejecimiento activo.
8. Área de prestación de servicios sociales básicos: alimentación, vivienda, empleo.
9. Área de participación ciudadana:
-Actividades y programas dirigidos a la dinamización de barrios y fomento de la participación vecinal en la vida municipal y comunitaria.
10. Área de juventud.
-Actividades y programas dirigidos a la dinamización y participación de la juventud en la vida municipal y comunitaria.
11. Área medioambiental.
-Iniciativas ciudadanas a favor de la sostenibilidad, energías renovables, movilidad sostenible y ahorro energético y agua, etc.
-Programas de difusión medioambiental, impulso de acciones dirigidas a la conservación del entorno urbano y rural y preservación de la naturaleza.
-Acciones de educación ambiental para garantizar la sostenibilidad por las acciones de las energías renovables.
12. Área de salud.
-Actuaciones de formación y prevención para la salud.
-Acciones de educación para la salud nutricional de calidad.
-Programas de salud comunitaria.
Requisitos:
-Tener sus estatutos adaptados a la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.-Estar inscrita en el registro municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Narón con los datos actualizados en el momento de la convocatoria, en el momento de presentar su solicitud.
-No contravenir lo regulado en los artículos 13 y 10 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, respectivamente.
-En el caso de asociaciones o instituciones que hubieran sido beneficiarias de subvenciones o ayudas económicas concedidas en años anteriores por el Ayuntamiento de Narón, deberán tenerlas debidamente justificadas.
-Cumplir los requisitos de la convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
23/06/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 121
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 121
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
18/03/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 55
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 55
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento