Subvenciones municipales para la rehabilitación de Fachadas de Edificios de Viviendas del núcleo antiguo de Llagostera y su entorno inmediato (ámbito del plan de barrios).

Código de ayuda:

S59828/10

Norma:

Llagostera, 27 d’octubre de 2010. Núm. 14303.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones por parte del ayuntamiento de Llagostera, con el fin de fomentar la rehabilitación y mejora de las fachadas (a calle ya patio interior) y de las medianeras vistas, los edificios de viviendas del casco antiguo de Llagostera y de su entorno inmediato (ámbito del Plan de barrios).

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Llasgostera (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que promuevan las obras o actuaciones como propietarios,
arrendatarios, usufructuarios o por otros títulos jurídicos de igual naturaleza admisible en derecho.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Restauración de las partes de obra en mal estado (rebozados, desconchados, saneamiento de grietas, etc.)

b) Decapado y / o pintado de la totalidad de la fachada.

c) Restauración de elementos escultóricos y ornamentales de fachada que se puedan considerar de interés.

d) Reconstrucción o restitución de elementos deteriorados o desaparecidos.

e) Limpieza y tratamiento de los paramentos pétreos o cerámicos.

f) Limpieza de los esgrafiados.

g) Limpieza y restauración y los elementos de cierre (puertas, ventanas ...)

h) Limpieza y restauración de los elementos de cerrajería (barandillas, rejas ...)

i) Eliminación y / o nueva ubicación de aparatos acondicionadores de aire, antenas o cualquier otro elemento de este tipo situado en la fachada.

Requisitos:

a) Que los solicitantes que promuevan las obras sean personas físicas o jurídicas que actúen como propietarios, arrendatarios, usufructuarios o por otros títulos jurídicos de igual naturaleza admisible en derecho. En caso de que no ostente el dominio, deberá aportar autorización para hacer las obras.

b) Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el ayuntamiento de Llagostera.

c) Las subvenciones podrán ser concedidas a una sola persona física o jurídica que actúe en su propio nombre e interés o en el de un conjunto de personas interesadas, siempre que esta representación venga determinada por ley o se acredite. Concedida la subvención, la condición de beneficiario se extenderá a quien se subrogue en la titularidad o uso de la finca de la que se trate. En estos supuestos, y antes de hacer efectivo el pago de la subvención, se podrá reconocer como beneficiaria la persona acreditada como nueva, siempre que lo solicite de forma expresa y lo acredite suficientemente.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2010
BO Provincia de Gerona- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/11/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5749
Documento: Anuncio de Aprobación de Bases. Descargar Documento