Subvenciones no nominativas para el fomento de proyectos de caracter medioambiental.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S30828/12Norma:
Villaescusa, 30 de julio de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/09/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la convocatoria y concesión de subvenciones no nominativas con destino a fomentar la realización de Proyectos de carácter medioambiental en el término municipal de Villaescusa, que deberán sujetarse en sus condiciones y finalidad a la regulación municipal para la concesión de subvenciones aprobada por el Pleno de la Corporación.Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Ayuntamiento de Villaescusa (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Las personas físicas.b) Las personas jurídicas así como los miembros asociados de la misma que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamente la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de la persona jurídica.
c) Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las Comunidades de Bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos o actividades que motiven la concesión de la subvención.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones y proyectos de carácter ambiental, siempre y cuando estén vinculados con alguno de los siguientes ámbitos de actuación: restauración ambiental de áreas degradadas, ciclo integral del agua, residuos, movilidad sostenible, e información y educación ambiental.Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o Entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria.Documentos asociados
Boletín:
09/08/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 154
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 154
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento