Subvenciones obras en edificios y viviendas.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S31655/13

Norma:

Madrid, a 11 de julio de 2013..

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas económicas, que tendrán la naturaleza de subvenciones, destinadas a la
realización de obras y/o actuaciones de rehabilitación, en edificios residenciales y viviendas ubicados en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés y San Cristóbal de los Ángeles y de la Zona Integrada de Ciudad de los Ángeles.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

– Propietarios de viviendas integrantes o no de comunidades de propietarios.

– Los usuarios de viviendas no propietarios (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales), que cuenten con permiso expreso de la propiedad, y que acrediten suficientemente dicha situación jurídica.

– Los propietarios o usuarios de locales, no propietarios, (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales) ubicados en edificios en los que se lleven a cabo las actuaciones subvencionables, que cuenten con permiso expreso de la propiedad, y que acrediten suficientemente dicha situación jurídica.

– Los propietarios de edificios de viviendas destinadas, total o parcialmente, al alquiler y/o uso propio.

También tendrán la consideración de beneficiarios, los titulares de plazas de aparcamiento y/o
trasteros en el supuesto de fincas en régimen de propiedad horizontal, independientes de las viviendas o locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Obras y/o actuaciones de rehabilitación no iniciadas en el plazo de presentación de instancias.

– Obras y/o actuaciones de rehabilitación iniciadas o terminadas en el periodo comprendido
entre el año 2010 y el fin de plazo de presentación de instancias referido en el artículo 9.2
de esta convocatoria, en los citados ámbitos y amparadas por la correspondiente licencia u
orden de ejecución de obras.

Podrán ser objeto de subvención con carácter general las actuaciones siguientes:

a) En los elementos comunes del edificio, las obras de mejora de la seguridad estructural y
funcional, estanqueidad, accesibilidad y eficiencia energética.

b) En las viviendas, las obras de adecuación o mejora de la habitabilidad.

Documentos asociados

Boletín: 09/08/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 188
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento