Subvenciones ordinaries a entitats sense finalitat de lucre.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S39537/12Norma:
Artà, 8 de octubre de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/11/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las subvenciones, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal y en los términos del Reglamento municipal regulador de subvenciones, para dar apoyo económico a las actuaciones, las iniciativas y los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro del municipio de Artà en materia cultural, social, comercial, turística, educativa y lúdica.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
- Comercio
- Educación y Ciencia
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Ayuntamiento de Artà (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención puede ser hasta un máximo del 80% del presupuesto previsto para la actividad o proyecto subvencionado, y no puede superar la cuantía de tres mil euros (3.000,00 €).La cuantía de la subvención no podrá ser igual o superior, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, al coste de la actuación subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades y las asociaciones constituidas legalmente, sin ánimo de lucro, radicadas en el término municipal de Artà y censadas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, que cumplan los requisitos que fija el artículo 13de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS) y el Reglamento municipal regulador de subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones, las iniciativas y los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro del municipio de Artà en materia cultural, social, comercial, turística, educativa y lúdica.Requisitos:
Entre otros requisitos es indispensable encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y la Seguridad Social.Documentos asociados
Boletín:
25/10/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 156
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 156
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento